Sociedad

Tienda deberá indemnizar a clienta por vestido de novia que se le rompió a minutos de su ceremonia

Tienda deberá indemnizar a clienta por vestido de novia que se le rompió a minutos de ceremonia
Canva | CC

Tiendas Paris deberá a indemnizar a una clienta que sufrió un desperfecto con el cierre de su vestido de novia minutos antes de su ceremonia religiosa, luego de que esta acudiera a la justicia.

Específicamente, el caso llegó hasta la Corte de Apelaciones de Santiago, tribunal que mantuvo la responsabilidad de Cencosud Retail S.A. por la deficiente asesoría profesional brindada durante la venta de la prenda. Sin embargo, la instancia judicial redujo la multa aplicada y modificó algunos aspectos de la condena civil.

De acuerdo con los antecedentes, la consumidora participó en el programa de beneficios para novios de la tienda Paris. En enero de 2022, adquirió un conjunto compuesto por una falda y un top para utilizarlo en su matrimonio, tras asistir a una cita de prueba y asesoramiento en la sección especializada de novias.

El día del matrimonio, mientras la mujer se trasladaba hacia la iglesia, el cierre de la parte superior del atuendo se rompió. Ante la urgencia, debieron improvisar un arreglo que permitiera desarrollar la ceremonia religiosa.

Pese a lo ocurrido, el tribunal no logró establecer la causa exacta del desperfecto. Por esta razón, descartó que existieran pruebas suficientes para atribuir el problema a una falla de fabricación, confección o calidad del producto.

No obstante, la Corte determinó que la empresa sí había ofrecido un servicio profesional especializado para acompañar a la clienta en la elección de su vestuario. A juicio del tribunal, dicha asesoría no cumplió con los estándares esperados.

La prueba testimonial permitió establecer que la atención se limitó principalmente a facilitar la prueba de diferentes modelos. En concreto, no se habrían realizado evaluaciones básicas relacionadas con el ajuste de la prenda, los movimientos naturales de la persona ni las exigencias propias de un vestido destinado a una ceremonia de matrimonio.

Tienda deberá indemnizar a clienta por desperfecto en vestido de novia

En ese contexto, el fallo sostuvo que “sí se probó la existencia de una oferta de servicio profesional de acompañamiento y selección del vestido para tan relevante evento, y la forma en que esa promesa de servicio especial no se cumplió”.

Asimismo, la resolución agregó que “por la mala calidad del servicio profesional de venta ofrecido se le sancionará, estimando que concurre la infracción del artículo 23 de la ley 19.496, al actuar con negligencia causando un menoscabo al consumidor”.

Respecto de la demanda civil, la Corte descartó el lucro cesante, debido a que la afectada no acreditó una pérdida efectiva de ingresos ni explicó cómo calculó el monto solicitado.

En cambio, confirmó la indemnización por daño moral, considerando la tristeza, incomodidad y vergüenza que la novia experimentó durante la ceremonia debido al problema con su vestuario.

Finalmente, la Corte redujo a 5 UTM la multa contra Cencosud Retail S.A. por infringir el artículo 23 de la Ley del Consumidor. Además, mantuvo las indemnizaciones por daño emergente y daño moral.