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Vecina fue eliminada de grupo de WhatsApp por “conflictiva” y la Justicia ordenó reincorporarla

Escrito por:   Marina Peñaloza

Vecina fue eliminada de grupo de WhatsApp por “conflictiva” y la Justicia ordenó reincorporarla

Imagen de contexto | Agencia UNO | Canva cc

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

La Corte de Apelaciones de Arica ordenó que una vecina del condominio Terrazas del Alto sea reincorporada al grupo de WhatsApp de la comunidad, del cual fue expulsada por supuestamente ser "conflictiva". El tribunal determinó que la exclusión vulneraba su derecho a participar en decisiones importantes del edificio, ya que el chat es el principal medio de comunicación entre los vecinos. La delegada del bloque admitió que la eliminó por considerarla problemática, pero la Corte señaló que esto carecía de sustento legal. La sentencia establece su reintegración en 48 horas y prohíbe futuras exclusiones injustificadas.

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Una vecina del condominio Terrazas del Alto, en Arica, ganó un inusual caso ante la justicia tras ser eliminada del grupo de WhatsApp de su comunidad por supuestamente ser “conflictiva”. Ahora la Corte de Apelaciones ordenó que la vuelvan a incluir.

El tribunal consideró que dejarla fuera del chat vulneró su derecho a informarse y participar en las decisiones del edificio, ya que el grupo se usa para coordinar temas importantes del día a día, como reuniones o votaciones internas.

En su fallo, los jueces explicaron que, aunque el WhatsApp sea algo informal, en la práctica se transformó en el canal principal de comunicación entre los vecinos. Por eso, eliminar a una persona de ese espacio fue como sacarla de la conversación comunitaria.

Vecina eliminada del grupo de WhatsApp del bloque terminó ganando demanda

La delegada del bloque, identificada como J.F.Q., reconoció que la eliminó porque “varios vecinos la encontraban conflictiva”. Sin embargo, la Corte señaló que ese motivo no tiene sustento legal ni justificación razonable.

El fallo también recordó que la Ley de Copropiedad Inmobiliaria tiene mecanismos para resolver conflictos entre residentes, pero ninguno de ellos incluye excluir a alguien de los canales de comunicación.

Según el tribunal, a la vecina se le dio un trato discriminatorio y distinto al resto, impidiéndole participar por razones subjetivas. Además, aclaró que el comité del condominio no tuvo responsabilidad en lo ocurrido.

Finalmente, la Corte ordenó que reintegren a la vecina al grupo de WhatsApp —y a cualquier otro medio oficial del condominio— dentro de 48 horas, una vez que la sentencia quede firme. Además, prohibió que se repitan acciones de este tipo en el futuro.