La Corte Suprema condenó a tres años al excoronel del Ejército Cristián Labbé, por el delito consumado de aplicación de tormentos en dictadura.

En este contexto, el fallo rechazó el recurso de casación presentado por la defensa del exalcalde de Providencia, que buscaba revertir la sentencia de primera instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco donde se estableció su responsabilidad en los hechos.

Si bien el máximo tribunal descartó cualquier error en la sentencia, sí consideró que por la edad del acusado, la pena debía cumplirse de manera remitida, es decir, en libertad.

“Actuando de oficio, se sustituye la pena de tres años de presidio menor en su grado medio impuesta a Cristián Labbé Galilea en la sentencia dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria, Álvaro Mesa Latorre, por la de remisión condicional de la pena por el término de tres años“, plasmó el fallo.

La normativa internacional de los derechos humanos, interpretada en su conjunto, no prohíbe ni excluye la sustitución de la pena privativa de libertad por la remisión condicional, aún tratándose de delitos que deben calificarse como violaciones a los derechos humanos”, estableció.

Cristián Labbé y Harry Cohen

Recordemos que Labbé, de 74 años, participó de la tortura de Harry Cohen entre octubre y noviembre de 1973, en Panguipulli.

Allí, la víctima fue amenazada con armas, amarrada y colgada, mientras se le sometía a descargas eléctricas en medio de un interrogatorio.

“En ese momento es interrogado por tres militares, respecto de los cuales pudo identificar la voz de aquel oficial corpulento (Cristián Labbé) descrito en el punto precedente, quien en forma burlesca realizaba reiterados alcances a su origen semita”, describió el documento.

“Que en dicho interrogatorio conectaron electrodos en su tobillo y muñecas, los cuales en forma sistemática producían descargas eléctricas cada vez más intensas, al mismo tiempo en que era interrogado“, añadió.