“Apelo” dijo Cristián Labbé, coronel (r) del Ejército, exjefe de Escoltas y exalcalde, cargo que más le gustaba en público.

Esta palabra la mencionó cuando le notificaron, en octubre pasado, la condena de tres años de presidio por apremios ilegítimos en contra de Harry Cohen, por torturas en noviembre de 1973.

Una apelación que finalmente fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Temuco y que derivó en la presentación de otro escrito, por parte de un segundo abogado que asumió su defensa, el cual pidió la nulidad ante la Corte Suprema por una supuesta negligencia del primer defensor en el caso.

Entre otras cosas, de acuerdo al recurso, porque el jurista inicial no se presentó a los alegatos en la Corte de Apelaciones para defender la apelación al fallo de primera instancia de su reconocido cliente, lo que le habría generado una vulneración en su defensa.

Pero, no sólo eso. A lo anterior, la defensa de Labbé invocó a instancias internacionales para alegar que hubo ausencia de una legítima defensa, y lo hizo con jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Si…, de Derechos Humanos.

El exalcalde recurrió a fallos de la misma instancia a la que han acudido varias víctimas de violaciones de los DDHH durante la dictadura de Augusto Pinochet.

Y Labbé lo hizo justamente en relación a un caso de transgresión a DDHH que tiene que ver con los inicios de ese cuestionado periodo de la historia en Chile.

La historia

El camino judicial comienza en 2013, cuando Harry Cohen presentó una querella por apremios ilegítimos en contra del oficial Cristian Labbé, por lo acaecido en noviembre de 1973, apenas dos meses después del Golpe.

Cohen, en esa época de 26 años y estudiante de electrónica, fue detenido en la casa de sus padres en Futrono y trasladado por aire a Panguipulli -región de Los Ríos- donde declaró haber sido torturado con electricidad.

A lo que sumó, además, que jamás tuvo vinculación con política.

“Se le conectó a electrodos y tras hacerle sucesivas preguntas se le aplicaba consecutivamente descargas eléctricas, causándole mucho dolor en todo el cuerpo. Arguye recordar particularmente a uno de sus interrogadores dado que la voz correspondía al mismo Sr. Cristian Labbé, dice, quien le había visitado violentamente en su primera celda, también se le quedó muy grabado porque hizo alusión en forma burlesca a su apellido que es de origen semita”, dice en parte de su sentencia el ministro en visita Álvaro Mesa, a cargo del juicio en primera instancia del coronel (r) de Ejército.

Pero, esa no es el único testimonio que apunta a Labbé, según el juez Mesa, como responsable de las torturas.

El fallo del ministro en visita se oficializó en octubre del año pasado y, desde ahí, se comienzan a amarrar los cabos de la historia que llevan a Cristián Labbé a invocar resoluciones de la Corte Interamericana de DDHH como argumento de defensa en su apelación a la Corte Suprema.

Defensa frágil

“Los fundamentos son frontales a la pruebas que señaló el ministro, incluso hemos detectado grandes deficiencias en el fallo, como omitir testimonios que son exculpatorios de la conducta de Labbé, lo cual nos parece muy grave”, indicó a Radio Bío Bío el 16 de octubre del año pasado el en ese entonces abogado defensor Cristian Pareja como argumento de que apelarían al fallo en primera instancia del juez Mesa, dictado pocos días antes.

Una condena de tres años efectivos, que se amortiguarían con dos periodos de prisión preventiva, en contra del ex alcalde de Providencia. A lo que se agrega, una indemnización de 30 millones de pesos que el Estado debe pagar a la víctima.

Pasaron seis meses desde ese día, hasta que la semana pasada se oficializó que la defensa del coronel (r) Labbé perdió la apelación ante la Corte de Apelaciones, por lo que se vio obligado a recurrir a la Corte Suprema.

Y es aquí, en esta parte del proceso suma aristas más llamativas.

Tras revocar el mandato a Pareja, el nuevo abogado defensor de Labbé, Fernando Uribe, presentó un recurso de casación contra el fallo de la Corte de Apelaciones temuquense y argumentó la negligencia de su antecesor.

¿Qué ocurrió?

En el escrito, Uribe describe una serie de falencias que habría presentado la defensa predecesora de Labbé, relacionadas con un eventual abandono de la causa.

“Luego que se dictó la sentencia definitiva de primera instancia, el abogado defensor lo acompañó a notificarse de la sentencia y le aconsejó decir en voz alta y clara: ‘apelo’. El funcionario que practicó la notificación había sugerido la frase ‘me reservo el derecho de apelar’”. Sin embargo, el consejo del abogado defensor fue que se limitara a decir ‘apelo’”, indicó el nuevo defensor.

Sin embargo, ahí no se refleja el problema, sino en lo que vino después.

Uribe planteó que lo no se cumplió fue presentar los fundamentos escritos de la apelación verbal, lo que habría reducido la defensa de Labbé a su descrita verbalización del “apelo”, realizada por él mismo tras notificarse de la resolución de primera instancia.

“Esta omisión no puede ser valorada ni calificada de otro modo que, como una gravísima negligencia en el desempeño de la función del abogado defensor que afectó, sin lugar a duda alguna, el derecho fundamental de don Cristián Labbé Galilea de contar con una defensa técnica eficaz, diligente y no con una puramente formal, burocrática, que sólo cumple con la función que el Juez entienda que se cumple con la norma imperativa de la parte final del inciso primero del art. 278: la defensa del procesado es obligatoria”, destaca el abogado Uribe.

En su lado de la mesa

Así, en base a lo anterior, la defensa termina por invocar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Más adelante, Uribe aseguró que Labbé se enteró el 14 de abril pasado que su exabogado ni siquiera habría acudido a alegar el recurso de casación correspondiente a su apelación.

Labbé habría sabido de esta situación, según el escrito, cuando supo que su recurso había sido rechazado.

“Basta observar que tanto en la sentencia de primera instancia confirmada por esta Iltma. Corte y en la misma sentencia de segunda instancia se citan varias normas que pertenecen al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, se invoca el ‘ius cogens’ y hasta se encuentran citas de la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, continúa la apelación del abogado Uribe, en su recurrente afán de colocar en su lado de la mesa al tribunal con asiento en Costa Rica.

Más adelante agrega resoluciones en que la Corte Interamericana de DDHH ha dado lugar a los argumentos de una ausencia de una legítima defensa.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos está recordando a los jueces de los países sometido a esa judicatura internacional, y por ende también a los jueces chilenos, que tienen el deber irrestricto de adoptar medidas para restablecer las vigencia del derecho del imputado a contar con una defensa eficaz, en todas las etapas e instancias del juicio, cuando es evidente que el defensor, público o privado está desempeñando su función de manera negligente o derechamente de ninguna manera, como ocurre cuando no asiste a las audiencias”, dice el texto en párrafos finales.

De esta manera, Labbé, quien según la sentencia de primera instancia violó los DDHH de Harry Cohen, 47 años después invoca el accionar del tribunal internacional en la materia para salvarse de ir tras las rejas, en el final de su vida.