Toda una polémica protagoniza la exconvencional, Constanza Hube, que fue acusada de entregar material con dichos falsos de la propuesta de nueva Constitución.

Según recogió BioBioChile, el hecho ocurrió en Los Ángeles, en medio de un viaje de la abogada por la provincia del Bío Bío.

Esto, tras una reunión con la Multigremial del Bío Bío, que tuvo como fin “informar sobre el impacto que tendría la Nueva Constitución en los gremios pymes y emprendedores”.

Luego de esta actividad, se vio a la exconvencional repartiendo estos instructivos con material del borrador que incluiría dichos falsos.

“¿Recuerdan los textos falsos que estaban circulando, y que imitaban a la guía oficial de la convención? Bueno, ahora sabemos de dónde proviene tanta mentira. La exconstituyente del rechazo, Constanza Hube (profesora de derecho de la PUC), los reparte en la calle sin pudor”, denunció Daniel Stingo.

La cuenta de Twitter @NYC_prensa recogió algunas capturas de este manual, y BioBioChile se encargó de marcar las diferencias entre lo que dice este texto, y el material oficial de la propuesta de la nueva Constitución.

Por ejemplo, la ‘Guía Práctica de Mentiras de la Constitución de la Convención’ dice que en el borrador se ‘promete derecho a la educación, pero se eliminan los particulares subvencionados y no te dejan elegir la educación de tus hijos’.

Artículo 36 de la Propuesta de Nueva Constitución: El Sistema Nacional de Educación está integrado por los establecimientos y las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado. Se articula bajo el principio de colaboración y tiene como centro la experiencia de aprendizaje de las y los estudiantes.

Artículo 41: Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

Otro párrafo decía, por ejemplo que se ‘promete derecho a la salud, pero no podrás elegir donde atenderte y tu cotización de salud se irá a Fonasa’.

Numeral 7 del Artículo 44 de la Propuesta de Nueva Constitución: El Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse a este Sistema.

Numeral 9: El Sistema Nacional de Salud es financiado a través de las rentas generales de la nación. Adicionalmente, la ley podrá establecer cotizaciones obligatorias a empleadoras, empleadores, trabajadoras y trabajadores con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema. La ley determinará el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos de este sistema.

Hasta el cierre de esta nota, la exconvencional Constanza Hube no se ha referido a estas acusaciones.