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Corte Suprema ratifica histórica multa contra CDF (TNT Sports)

Escrito por:   Francisco Quiñones

Corte Suprema ratifica histórica multa contra TNT Sports: revisa cuáles son los motivos

Agencia UNO

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La Corte Suprema confirmó una histórica multa contra TNT Sports por abuso de posición dominante monopólica en el mercado de transmisiones deportivas en Chile. La empresa deberá pagar 32.000 Unidades Tributarias Anuales (más de 28 millones de dólares) por mantener prácticas anticompetitivas, incluyendo establecer precios mínimos de reventa y limitar promociones. El fallo desarticuló el modelo de negocio que obligaba a los operadores de TV paga a distribuir señales en paquete, calificándolo como venta atada injustificada que afectaba a distribuidores y público final. La investigación se inició en 2020 por cláusulas contractuales que favorecían la concentración del mercado desde 2006.

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Durante la jornada de este martes, la Corte Suprema confirmó una histórica multa contra el Canal del Fútbol (actual TNT Sports).

Según consignó BioBioChile, esta medida se debe a que la justicia determinó que la mencionada estación televisiva incurrió en abuso de posición dominante monopólica en el mercado de las transmisiones deportivas en directo del Campeonato Nacional chileno.

¿Qué multa recibió TNT Sports tras el fallo de la Corte Suprema?

El fallo ratificó la resolución emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en 2024 y mantuvo una multa sin precedentes en este tipo de casos, pues se trata de la más alta por un ilícito anticompetitivo hasta la fecha.

En ese contexto, la empresa tendrá que pagar 32.000 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a más de 28 millones de dólares, según detalló la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

El máximo tribunal no solo respaldó la sanción, sino que amplió el alcance de las medidas.

Debido a esto, la Corte Suprema prohibió todas las prácticas comerciales que la FNE impugnó, e incluso sumó dos adicionales que el TDLC no había acogido en su fallo: la fijación de precios mínimos de reventa y la restricción a las promociones que los cableoperadores pueden ofrecer respecto a las señales Premium y HD del canal.

De acuerdo con el dictamen, estas acciones, por separado y en conjunto, constituyen un uso indebido de su posición privilegiada en el mercado, afectando tanto a distribuidores como al público final.

Otro punto destacado del fallo fue la desarticulación del modelo de negocio que obligaba a las compañías de TV paga a distribuir las señales Básico, Premium y HD en paquete.

Esta condición fue calificada como una venta atada sin justificación, lo que permitió al canal obtener rentas excesivas “en perjuicio directo de cableoperadores y clientes finales”.

Cabe señalar que la investigación comenzó en 2020, luego de que la FNE detectara una serie de cláusulas contractuales, implementadas desde 2006, que favorecieron la concentración del mercado e impidieron una competencia justa.