El Ministerio de Hacienda informó que ingresó el proyecto que crea una Pensión Garantizada Universal (PGU) al Congreso, en forma de indicación a la Ley Corta de Pensiones, que se encuentra en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados.
La iniciativa busca entregar un aporte de hasta $185.000 para todos los mayores de 65 años que se encuentren en el 90% de menores recursos, estén pensionados o no, beneficiando a 2,4 millones de personas.
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Los requisitos para acceder al beneficio serán haber cumplido 65 años de edad, no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población, de 65 o más años, de Chile y acreditar residencia por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos. Para aquellas personas que cumplan estos requisitos, pero que tengan una pensión base autofinanciada superior a $630 mil pesos y de hasta $1 millón, el monto de la PGU disminuirá gradualmente.
El costo fiscal de la iniciativa será de un máximo de 0,95% del PIB entre 2028-2034, alcanzando promedio de 0,92% del PIB en la década de 2040, considerando el envejecimiento de la población en las próximas décadas.
Financiamiento para la Pensión Garantizada Universal
Adicionalmente, el Ejecutivo ingresó el proyecto que entrega financiamiento para la PGU y que establece que el beneficio se financiará a través de la modificación de exenciones tributarias, provisiones ya incorporadas en la Ley de Presupuestos 2022 y su Programación Financiera, y la disminución del aporte obligatorio al Fondo de Reserva de Pensiones (FRP).
“Queremos que nuestros compatriotas estén tranquilos y sepan que existen los recursos para financiar este nuevo y fundamental aporte una vez que el proyecto entre en régimen. Nuestros adultos mayores no pueden esperar, y por eso es que quisiéramos aprobar la iniciativa, incluyendo la parte respectiva a su financiamiento, lo antes posible”, dijo el Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda.
Detalle del esquema de financiamiento para el proyecto de la nueva PGU
1) Se mantienen las modificaciones a las exenciones propuestas en la ley corta de pensiones, que permitirán recaudar cerca de 0,35% del PIB.
Los mayores ingresos estimados en el Boletín N° 14.588-13, llamada también “ley corta” de pensiones, incluyen modificaciones a las siguientes exenciones:
– Tasa de impuesto único a las ganancias de capital del artículo 107 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR).
– Reducción transitoria por dos años y posterior eliminación del Crédito Especial a las Empresas Constructoras en el IVA (CEEC).
– Eliminación de los beneficios tributarios para la tercera vivienda en adelante para quienes hayan adquirido viviendas DFL 2 antes de 2011.
– Afectación de IVA a todos los servicios, excepto para los sectores salud, educación, transporte, y para todos los contribuyentes que emitan boletas de honorarios.
– Impuesto a la herencia para los seguros de vida.
A lo anterior contenido en la ley corta, solo se modifica la tasa de impuesto único a las ganancias de capital del artículo 107 de la LIR, la que pasa de 5% a 10%. También se modifican la entrada en vigencia de algunas medidas.
2) Provisión de mayor gasto previsionales en la Ley de Presupuestos 2022 y mediano plazo.
Tanto en la Ley de Presupuesto de 2022 como en la Programación Financiera, es decir, la proyección de gastos comprometidos a mediano plazo, está provisionado un mayor gasto asociado a la reforma de pensiones, de entre 0,4% a 0,5% del PIB.
3) Se redestinarán recursos que servirían como aportes al Fondo de Reserva de Pensiones (FRP).
De acuerdo a la Ley de Responsabilidad Fiscal, N° 20.128, todos los años deben aportarse al Fondo de Reserva de Pensiones un mínimo de 0,2% del PIB, y un rango entre 0,2% a 0,5% del PIB en caso de alcanzar un superávit fiscal que esté en esas magnitudes.
Con este proyecto, el aporte obligatorio al Fondo de Reserva de Pensiones se reduce de 0,2% a 0,1% del PIB, y el 0,1% restante se redestina al financiamiento de la nueva PGU. En el intertanto, el FRP recibirá nuevos aportes en caso de existir superávit fiscal.