El Sernac presentó una demanda colectiva contra CAR S.A., filial encargada de la emisión y operación de la tarjeta de crédito del Banco Ripley, con el objetivo de que compense a todos los consumidores afectados y reciba multas por parte de la justicia.

Lo anterior luego de haber infringido la Ley del Consumidor al realizar cobranzas extrajudiciales abusivas, hostigando a diario a los clientes con deudas.

Tras una fiscalización a la industria financiera, el Servicio Nacional del Consumidor detectó que la filial del Banco Ripley realizaba una serie de prácticas abusivas hacia los morosos, siendo la más grave el acoso a través de llamados reiterados y de amenazas.

Además, se verificó que la empresa no realizaba gestiones útiles de cobranza dentro de los primeros 15 días, tal como lo exige la Ley, además de no informar adecuadamente los consumidores los detalles de la deuda, por ejemplo, la fecha en que debió pagarse el monto adeudado.

Cobranzas extrajudiciales

Por otro lado, el Sernac detectó que esta entidad financiera aplicaba cobros indebidos por gestiones de cobranzas extrajudiciales, por ejemplo, cargos por acciones realizadas durante los primeros “20 días de atraso”.

De acuerdo a lo que establece la Ley, estas no corresponden porque son de cargo de la empresa. También aplicaba cobros por gestiones de cobranzas extrajudiciales que no estaban debidamente calculados de acuerdo a los estándares que establece la normativa.

Banco Ripley Sernac
Agencia UNO

Finalmente, el organismo detectó que CAR S.A. del Banco Ripley incluía en el contrato que deben firmar los consumidores, una serie de cláusulas relacionadas con la cobranza extrajudicial que afectaban sus derechos, las que son denunciadas como abusivas por este organismo.

El director nacional del Sernac, Lucas del Villar, señala que se busca reafirmar un derecho básico de los consumidores, como es el respeto y dignidad. “Ninguna empresa puede hostigar a los consumidores para el cobro de una deuda. Las personas no pierden sus derechos, aunque tengan deudas impagas. Nadie tiene deuda por gusto, y el hostigamiento y acoso pueden causar una gran angustia y solo profundizar el problema”, dijo,

Actualmente, la ley prohíbe que las empresas de cobranzas acosen a los consumidores, pues establece que solo pueden realizar dos contactos efectivos a la semana separados por al menos dos días, por ejemplo, el lunes y jueves, martes y viernes.