La justicia condenó a tres años de cárcel al hombre que agredió a su pareja, quien para pedir ayuda, simuló estar solicitando una pizza en Temuco.

Se trata de una resolución judicial a propósito de un hecho ocurrido en enero pasado, cuando una mujer llamó al 133 de Carabineros simulando ordenar comida rápida, con el objetivo de denunciar a su pareja por el episodio de violencia que estaba sufriendo.

La mujer terminó con un corte en su mano izquierda, fractura en su mano derecha producto del forcejeo y quemaduras en su cabello.

Todo comenzó cuando la mujer se disponía a ir a la iglesia con su familia, cuando – previo a salir de la casa – ingresó a la habitación matrimonial y encontró a su pareja, identificado como Agustín Fuentealba Sánchez, viendo pornografía. Eso ocasionó una discusión entre ambos, ya que ella, anteriormente, le había advertido que no lo hiciera porque en la casa había menores de edad.

Tras pedirle que abandonara el inmueble, el hombre se alteró, la empujó contra la cama, comenzó a agredirla con golpes de puño y la quiso asfixiar.

En medio de eso, Agustín Fuentealba la roció con colonia y le prendió fuego con su encendedor. En cosa de segundos, su cabello comenzó a arder. De acuerdo a su relato, al darse cuenta que había llegado demasiado lejos, el sujeto la abrazó para apagarlo.

Luego de eso, y tras pedirle que se tranquilizara, es que la mujer decidió llamar a Carabineros, fingiendo que pedía una pizza, para denunciar la agresión:

– ¿Cuál es su emergencia policial?

– Aló. Quisiera pedir algo para comer.

– Señora, está llamado al 133 de Carabineros.

– Si sé. Con doble salsa, por favor.

– ¿Usted está sufriendo alguna agresión?

– Sí.

– Quién la está agrediendo. ¿Su esposo, su pareja?

– Sí.

Tras conocer todos los antecedentes, el Juzgado de Garantía de Temuco condenó a Agustín Fuentealba Sánchez a 3 años y un día de presidio, por lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar contra su cónyuge.

El fiscal Juan Pablo Gerli explicó en una audiencia de procedimiento abreviado a través de videoconferencia, que el imputado aceptó los hechos de la acusación.

Además, al condenado se le impuso la prohibición absoluta de acercarse a la víctima por un plazo de al menos dos años.