Otro de los beneficios que entrega el Estado destinado a la educación es el Bono por Asistencia Escolar, dirigido a los sectores más vulnerables del país y que tiene como objetivo fomentar la asistencia a clases de los estudiantes.

Se trata de un beneficio no postulable que se entrega a familias participantes del programa Chile Seguridades y Oportunidades, cuyos hijos e hijas de entre 6 y 18 años de edad se encuentren estudiando en una institución educacional reconocida por el Estado, en educación básica o media.

Uno de los requisitos más importantes es que los alumnos cumplan con una asistencia escolar mensual superior o igual a un 85%.

Para cumplir con esta condicionante durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia promedio del período julio-diciembre del año anterior.

En ese sentido, la acreditación de la asistencia la hace el Ministerio de Educación, por lo que no es necesario que la familia realice algún trámite adicional para la gestión del aporte.

¿Cuál es el monto?

De acuerdo a lo informado por el sitio Chileatiende.cl, el monto de este año es de 7 mil pesos mensuales por niño o niña.

La familia debe elegir la forma de pago que podrá ser mediante depósito bancario, CuentaRUT o en las sucursales de la Caja de Compensación Los Héroes y BancoEstado.

¿Quiénes pueden cobrarlo?

El pago se realizará al integrante de la familia que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: en caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

Consignar que este beneficio se otorga por 24 meses, en la medida que se dé cumplimiento a los requisitos.