La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 250 UTM (un poco más de 12 millones de pesos) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a TVN por no respetar la norma sobre la emisión de programas culturales.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada decidió confirmar la sanción del organismo de marzo de 2017.

En la resolución, se plantea lo dispuesto “en la Ley N° 20.911, que dispone los objetivos y contenidos en los programas de educación cívica para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, buscando una preparación para asumir una vida responsable en una sociedad libre y de orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso (…).

El fallo agrega que entre los objetivos de estos contenidos están “promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella, entendidos éstos en el marco de una república democrática, con el propósito de formar una ciudadanía activa en el ejercicio y cumplimiento de estos derechos y deberes; fomentar el ejercicio de una ciudadanía crítica, comprensión del estado de derecho, los derechos humanos, desarrollo de la cultura democrática, entre otros”.

En este sentido señalan que “los programas que pretendan ser calificados como culturales por fomentar la educación cívica deben apuntar a los tópicos señalados”, agregando que se analizaron los descargos de TVN y se decidió sancionar al canal, y no amonestarlo solamente, “debido a lo que ordene el artículo 12 de la Ley N° 18.838”.

Cabe destacar que los programas que TVN emitió en horario para contenido cultural eran: Carmen Gloria a tu Servicio, Acosados, Aquí te las traigo Peter, y Noche de Box, los que CNTV consideró no apropiados ya que no cumplían con los requisitos exigidos.