Polémica ha generado la decisión del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucional el Reglamento de Objeción de Conciencia de la ley de aborto terapéutico que regulaba la intervención de los hospitales privados, determinación que permitirá a las clínicas a negarse a practicar la interrupción de embarazos.

Por ocho votos contra dos, el TC resolvió acoger un recurso presentado por senadores de Chile Vamos, que buscaba cancelar el Reglamento de Objeción de Conciencia argumentando que quitaba el derecho constitucional de estas clínicas a negarse a practicar abortos.

“La sentencia será expedida y notificada a más tardar el 8 de enero de 2019 dentro de los plazos que establecen nuestra ley orgánica constitucional”, indicó un comunicado del TC.

El reglamento indicaba que las clínicas privadas que tenían convenios con el Ministerio de Salud, no podían negarse a practicar abortos “cuando contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología”, que por su naturaleza comprendan “atenciones en pabellón”.

El fallo del Tribunal Constitucional desecha el reglamento y ahora las clínicas podrán negarse a interrumpir embarazos y mantener los convenios estatales.

El reglamento sí permitía la objeción a las clínicas privadas que no disponían de convenios estatales, pero las obligaba a derivar a la paciente que había pedido el aborto a otro centro médico. En el caso de los médicos, podían excusarse a menos de que una mujer requiera atención inmediata e impostergable.

En un comunicado, el Ministerio de Salud anunció que “acatará el fallo (del TC), de manera que una vez conocida la sentencia, adoptará todas las medidas que sean necesarias para implementar lo resuelto”.

Asimismo, el ministro de dicha cartera, Emilio Santelices, sostuvo que el reglamento suscrito por el Gobierno respondió de manera “obligada” por la orden de la Contraloría que había tomado razón del texto.

El reglamento entró en vigencia en octubre pasado, más de un año después de que el Tribunal Constitucional fallara en favor de la promulgación de la ley que permite el aborto terapéutico en caso de violación, riesgo de vida para la madre o inviabilidad fetal.

La ley, promovida por la expresidenta Michelle Bachelet, fue duramente criticada por la derecha y movimientos religiosos.

Tras la aprobación de la norma, el gobierno de Sebastián Piñera presentó el reglamento que permitía a instituciones y médicos invocar la objeción de conciencia para negarse a participar en un aborto, aludiendo a creencias o reglas morales.

Este documento provocó críticas desde la oposición y organizaciones pro legalización del aborto. La Contraloría revisó el reglamento y determinó que no se ajustaba a derecho y obligó al gobierno a ingresar un nuevo protocolo.

Colegio de Matronas critican al TC

Mientras el oficialismo celebró el fallo, desde la oposición y el Colegio de Matronas acusaron al TC de ser “un nuevo poder” del Estado.

El diputado de la UDI y miembro de la Comisión de Salud, Jaime Bellolio, defendió la decisión del TC y dijo que ninguna de las tres causales está en riesgo.

“Por supuesto que ahora van a venir aquellos que dicen que esto es un retroceso, y la verdad es que eso es absolutamente falso. Ninguna prestación de las tres causales está en riesgo”, señaló.

El presidente de la Comisión de Salud, el diputado socialista Juan Luis Castro, fustigó el falló del tribunal. “Es un balde de agua fría para miles de mujeres en Chile que han tenido la esperanza de poder tener el derecho a elegir”, criticó.

“Voy a reponer el proyecto de ley, para que así toda clínica privada que quiera hacer uso de la llamada objeción de conciencia, no pueda a la vez recibir dineros del Estado”, advirtió.

Mientras, la presidenta del Colegio de Matronas, Anita Román, acusó al TC de ser “un nuevo Poder” del Estado. “No es posible que el tribunal vote algo que ya fue votado por el Parlamento, reglamentado por el Ejecutivo, corroborado por la Contraloría y ahora es como el quinto poder”, cuestionó.

Los argumentos del TC serán publicados el próximo 18 de enero, y las modificaciones al reglamento entrarán en vigencia una vez que se publiquen en el Diario Oficial.

Fallo que -de paso- significa una nueva derrota para la Contraloría General de la República, que había declarado legal y tomado razón del reglamento.