A sólo días de la celebración de Fiestas Patrias, es inevitable que se coma y se beba, usualmente en exceso, situación que desgraciadamente suele terminar en accidentes de tránsito y detenciones por conducir en estado de ebriedad.

Aquí surgen las preguntas, ¿qué pasa si somos detenidos por estado de intemperancia por causa del alcohol?, ¿quedaré detenido todo los días feriados o puedo salir en libertad bajo fianza? En este sentido, la abogada Macarena Venegas explica primero que “desde la publicación de la Ley Emilia el año 2014, se endurecieron las penas a los conductores en estado de ebriedad que causen lesiones leves, graves, gravísimas o la muerte de una persona”.

Dentro de las modificaciones más relevantes de esta ley, está que ahora se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que provoquen lesiones graves o la muerte. Además, se establece como delito fugarse del lugar del accidente y negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia.

Cabe recordar que el delito de manejo en estado de ebriedad ocurre cuando la persona tiene 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre, y la conducción bajo la influencia del alcohol, entre 0,3 y 0,8 gramos, la cual es considerada una falta, según explicó la también figura televisiva.

Desde el estudio Venegas y Cía., comentan que “si la persona es detenida por manejo en estado de ebriedad alguno de los días feriados en Fiestas Patrias, ésta pasará dentro de las primeras 24 horas, al control de detención en un Juzgado de Garantía. Esta persona puede ser dejada en libertad en esa misma audiencia, durante el tiempo que se fije para la investigación del delito, sin perjuicio de las medidas cautelares que se decreten”.

Sumado a esto, la abogada entrega estos 5 consejos que hay tener en cuenta en Fiestas Patrias:

1.- No tomar si vas a conducir

2.- No darte a la fuga si ha ocurrido un accidente

3.- No negarte a realizar el alcotest o alcoholemia

4.- No consumir alcohol en la vía pública

5.- No circular ebrio en la calle, porque puedes causar un accidente en la vía pública, poniendo en riesgo tu integridad física y la de los demás

Por su parte, la abogada María Teresa Rubio, explica cuáles son las multas a las cuáles se verán expuestos los conductores que infrinjan en el delito: “Las penas a las que se exponen dependen de la gravedad del accidente; en el caso de provocar lesiones graves o menos graves la pena es de 541 días a 3 años de presidio, una multa entre 4 y 12 UTM (de 190 a 576 mil pesos) y suspensión de licencia por 36 meses; en caso de provocar lesiones gravísimas o la muerte y desde la primera vez, se inhabilita la licencia de por vida, se aplica una multa de 8 a 20 UTM (384 a 960 mil pesos) y una pena de 3 años y 1 día a 10 años de presidio”.

Claro si la circunstancia cambia, como que no hayan lesiones, ni daños, la licencia de conducir se retiene por 2 años, hay multa de 2 a 10 UTM (de 96 mil a 480 mil pesos) y una pena que va desde 61 a 541 días de presidio. Si ocurre una segunda vez sin lesiones ni daños, se suspenderá la licencia por 5 años, multa de 2 a 10 UTM y pena de 541 días a 3 años de presidio. Si ocurre una tercera vez se cancela la licencia de por vida, multa de 2 a 10 UTM y pena de 541 a 3 años de presidio.