Este lunes, en el marco de la conmemoración del Día Nacional contra el Femicidio, el presidente Gabriel Boric promulgó la ley que tipifica la inducción al suicidio y el suicidio femicida.

La iniciativa establece que cualquier hombre que haya vulnerado la integridad física o psíquica de su pareja, y que propiciara el suicidio de esta, será considerado inductor de suicidio, en calidad de autor de femicidio.

En ese contexto, el mandatario destacó que el femicidio es “la manifestación más extrema de violencia contra las mujeres” y una grave violación a sus derechos humanos, además de representar una forma de discriminación y opresión hacia el género.

“Debiera ser obvio, pero no lo es, y hay que repetirlo con insistencia: las mujeres tienen derecho a vivir seguras, sin temor a ser víctimas de violencia por parte de sus parejas o exparejas, o de cualquier persona. Cuando existen agresiones de este tipo, es la sociedad en conjunto la que ha fallado”, indicó Gabriel Boric.

Fue el pasado 31 de agosto cuando el Congreso aprobó la ley que modifica los cuerpos legales para mejorar las garantías procesales y proteger también los derechos de las víctimas de delitos sexuales.

Con la nueva normativa, se incluye una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, buscando un “trato digno y resguardando la vida de las víctimas”, dijo el jefe de Estado.

Presidente Boric promulgó ley que tipifica suicidio femicida

Boric enfatizó que la iniciativa “viene a cubrir un vacío en la legislación chilena al incorporar derechos específicos para las víctimas de violencia sexual en el transcurso de la investigación, y evitar su revictimización, protegiendo su identidad, intimidad, seguridad y dignidad”.

Además, el Ejecutivo anunció medidas para buscar proteger a hijos e hijas de víctimas de este delito. De hecho, se apoyará el proyecto impulsado por parlamentarias y organizaciones de familiares de víctimas de femicidio para otorgar una pensión a niñas, niños y adolescentes que han perdido a sus madres producto de femicidios.

De qué trata la nueva ley

“Será considerado inductor de suicidio, en calidad de autor de femicidio, el hombre que, habiendo tenido una relación de pareja con una mujer, con o sin convivencia, haya vulnerado su integridad física o psíquica, mediante actos de cualquier tipo de violencia contra ella, y que por dicha causa, la víctima haya sufrido un grave deterioro emocional y depresión profunda, que la hayan llevado a suicidarse, aun cuando ya hayan cesado los actos constitutivos de violencia”, señala la modificación de la ley respecto al suicidio femicida.

Así, se podrá perseguir penalmente al responsable, y la pena iría de 3 años y un día hasta 10 años de cárcel.