Las mipymes, ya tienen habilitado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas accedan a un subsidio mensual para apoyarlas en el pago del nuevo Sueldo Mínimo establecido.

El aporte consiste en un pago mensual donde también se incluye a las cooperativas, además de personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades.

Según detallan desde el SII, “este subsidio se solicita, una sola vez, a través de la página web, www.sii.cl, para recibir el subsidio correspondiente a mayo de 2022″.

¿Cómo funcionará el subsidio para las Mipymes?

De acuerdo a lo señalado por la entidad, se trata de un beneficio que no está sujeto a impuestos, ni tampoco tiene la característica de ser embargable.

Eso sí, es variable, debido a que el aporte se calculará mes a mes por Mipyme. Lo anterior, considerando el número de trabajadores que reciben un sueldo igual o mayor al mínimo en el mes correspondiente al cálculo del beneficio, el cual se regirá a través de la información que entregue la Administradora de Fondos de Cesantía.

¿De qué forma averiguo si puedo hacer el trámite?

De acuerdo al sitio web habilitado por el SII, la Mipyme podrá conocer automáticamente si accederá o no al beneficio, de acuerdo a los requerimientos.

Cabe señalar, que el beneficio es temporal, ya que se entregará hasta abril de 2023, si se cumplen con las condiciones legales para ello.

¿Qué pequeños emprendedores (Mipymes) pueden solicitar el beneficio?

– Quienes tengan inicio de actividad en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas. Las empresas que cuenten con actividades desde el 1 de agosto de 2022, podrán acceder, en el caso de que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023

– Las que posean ventas o servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021

– Las que cuenten con uno o más trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo al periodo contemplado en la Ley N° 21.456

– Personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022