Durante la tarde de este lunes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dio a conocer la sentencia en contra de Nicolás López.

Recordemos que el pasado 26 de abril, el cineasta chileno fue condenado por dos delitos de abuso sexual cometidos en la ciudad de Santiago, entre los meses de noviembre y diciembre de 2015.

De ese modo, López fue sentenciado a 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, “por su responsabilidad como autor de dos delitos de abuso sexual”, señaló el juez Fernán Rioseco Pinochet.

En ese contexto, Gonzalo Lobos, académico de la escuela de Derecho de Universidad de Las Américas (UDLA), explicó a Página 7 el histórico fallo en contra del director.

“Es una pena que se cumple de manera efectiva, no es sustitutiva, no hay posibilidad de cumplirla en libertad. La ley contempla que desde esa pena, 5 años y 1 día hacia arriba, las personas que sean condenadas por cualquier delito tienen que cumplir privados de libertad”, inició.

En cuanto al lugar donde cumpliría el castigo, el abogado penal aclaró que “todo depende del tribunal que sea competente. Este caso fue tramitado ante un tribunal de Viña del Mar, de modo que el cumplimiento tenga que darse en una cárcel de Valparaíso”.

Eso sí, el académico comentó que cuando las personas son privadas de libertad, tienen derecho a pedir que se modifique el lugar a uno más cercano a su hogar. “Lo único claro es que debe ser en una cárcel de gendarmería”, sostuvo.

¿Qué acciones puede llevar a cabo la defensa?

Lobos también se refirió a lo que puede realizar ahora la defensa del cineasta. “El sistema procesal penal no tiene contemplada la posibilidad de apelar en contra de una resolución dictada por un Tribunal Oral en lo Penal”, detalló.

De acuerdo al profesional, lo único que le queda a la defensa es presentar un recurso de nulidad. “Busca anular la sentencia, o bien la sentencia y también el juicio”, dijo.

“En caso de que se gane, el juicio se vuelve a repetir en condiciones que la defensa estime más favorables. Ha ocurrido en casos anteriores donde se celebra un nuevo juicio e incluso aplican más pena”, enfatizó.

En ese sentido, el docente de la Universidad de Las Américas hizo hincapié en que “lo establecido por el Tribunal Oral en lo Penal es definitivo. La única posibilidad es que mediante un recurso, el tribunal superior (Corte de Apelaciones o la Corte Suprema) decida anular el juicio y se celebre uno nuevo”, recalcó.

Al respecto, el exfiscal Carlos Gajardo explicó en Contigo en la mañana que la defensa tiene 10 días para presentar el mencionado recurso, ante lo cual el tribunal puede resolver tres cosas.

“Rechazarlo y se confirma la sentencia, cumpliendo efectivamente los 5 años y 1 día. También puede anular la sentencia y se tiene que repetir el juicio, y hay una tercera posibilidad, que es menor, y es que se aplique una pena distinta, como los 5 años, y eso sería en libertad”, dijo.

Cabe señalar que este viernes 20 de mayo, a las 8.30 horas, se llevará a cabo una audiencia de revisión de medidas cautelares, la cual fue solicitada por la fiscalía.

Ante el riesgo de fuga, la fiscal del caso, Lorena Parra, indicó que López cuenta con la medida cautelar de arraigo nacional y firma mensual, además de la prohibición de acercarse a las víctimas. “Están todos los resguardos adoptados”, aseguró.