Cuando el mes de agosto está llegando a su fin, comienza la cuenta regresiva para las  Fiestas Patrias, instancia en la que el gobierno aseguró que el pago del aguinaldo es un derecho para todos aquellos trabajadores que lo tengan pactado en su contrato, o en los acuerdos colectivos de cada empresa. 

En conversación con Mega Plus, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, indicó que “los aguinaldos están pactados de manera contractual. Depende del acuerdo entre las partes, pero pueden estar pactados individualmente o en un contrato colectivo. En ambos casos los trabajadores tienen derecho a recibirlo, y que estemos en pandemia no es excusa para no recibir el aguinaldo”.

Además, añadió que existe un “derecho adquirido” en aquellos casos en que no está pactado el aguinaldo, “pero existe una práctica, una costumbre de parte del empleador de venir pagándolo en los últimos años”.

Subsecretario del Trabajo
Captura | Mega

Este beneficio lo recibirán en septiembre de 2021 los pensionados del Instituto de Previsión Social que, al 31 de agosto, sean:

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez
-Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
-Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234
-Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744
-Pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS)
-Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech)
-Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129
-Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez)
-Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental

Funcionarios públicos

Según estipula la Ley 21.306, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 se otorgará a los trabajadores que desempeñen cargos públicos hasta el último día de agosto.

En cuanto a las cifras, estas dependerán de la renta que reciba el trabajador en el octavo mes de este año.

-Los trabajadores con renta líquida igual o inferior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $76.528
-Los trabajadores con renta líquida superior a $794.149, recibirán un aguinaldo equivalente a $53.124

¿Qué pasa con el sector privado?

Cabe mencionar que desde ChileAtiende advirtieron pagar aguinaldo a los trabajadores no es una obligación de los empleadores, salvo que se cumpla alguna de estas condiciones, cuando sí se puede exigir:

-Que esté contemplado en su contrato de trabajo
-Que exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula