Este sábado, en la conmemoración de un nuevo Día del Trabajador, el Gobierno anunció el lanzamiento a la postulación del Subsidio al Nuevo Empleo.
Según detalló el ministro del Trabajo, Patricio Melero, se trata de un beneficio que se entregará directamente a personas que tengan un nuevo contrato de trabajo a partir del 1 de abril de 2021.
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Eso sí, este se entregará siempre que su Remuneración Mensual Bruta (RMB) no exceda los $979.500, es decir, tres ingresos mínimos mensuales.
Las postulaciones comenzaron este sábado 1 de mayo y se extenderá durante todo el mes, hasta el día 31. El bono será pagado directamente en la cuenta bancaria indicada en la postulación.
¡Ya están abiertas las postulaciones del #SubsidioAlNuevoEmpleo 🇨🇱👏🏻! Este es un beneficio mensual para trabajadores que hayan encontrado un nuevo puesto de trabajo 👩🏻💻👷🏽♂️ El monto es mayor para mujeres, jóvenes y personas con discapacidad. Postula en https://t.co/QIf8a5kxlN pic.twitter.com/yrASHdU55T
— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) May 1, 2021
Montos
Si el trabajador tiene una Remuneración Mensual Bruta (RMB) igual o mayor a $326.500 recibirá:
– $50.000 mensuales por hasta 6 meses para hombres mayores de 24 años.
– $70.000 mensuales por hasta 6 meses para personas que estén dentro de los siguientes grupos: mujeres, jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años, personas en situación de discapacidad debidamente certificada, beneficiarios de pensión de invalidez.
Si el trabajador beneficiario tiene una RMB menor a $326.500 recibirá:
– Un monto equivalente al 15% de su RMB por hasta 6 meses en caso de hombres mayores de 24 años.
– Un monto equivalente al 20% de su RMB por hasta 6 meses en caso de mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad debidamente certificada y beneficiarios/as de pensión de invalidez.
No podrán acceder al subsidio
Las personas que no podrán acceder al subsidio son aquellas que se encuentren trabajando de manera informal o independiente y:
– Presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
– Estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).
– Sean beneficiarias/os del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y Subsidio al Empleo Joven (SEJ).
– Estén gozando de licencia médica (incluye pre y postnatal).