Este domingo, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) anunció que el Tribunal Constitucional declaró como contraria a la Carta Magna la causal de divorcio por homosexualidad.

“Es un hecho histórico, que permite avanzar hacia el término definitivo de esta añeja, perjudicial y homofóbica ley”, expresaron desde el Movilh.

Óscar Rementería, vocero del movimiento, sostuvo que esa “norma homofóbica” atentaba contra la igualdad de todas las personas. “En este punto el TC fue explícito y claro”, indicó sobre la sentencia aún está en etapa de redacción.

“Hoy damos un paso histórico, pues se avanza hacia la derogación definitiva de una de las tres normas homofóbicas vigentes en Chile y, como consecuencia, homosexuales accedemos a mejores condiciones de igualdad”, finalizó mediante un comunicado.

El Movilh se hizo parte de la causa a través de un Amicus Curiae, el cual inició luego que la jueza del Juzgado de Familia de Coquimbo, María Antonieta Santibáñez Rodríguez, presentara al Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad el 23 de junio del 2020, esto tras conocerse que un hombre había solicitado el divorcio con una mujer lesbiana.

En esa instancia, el Movilh alegó que “al ser la infidelidad también una causal de divorcio culposo, resulta innecesario, además de estigmatizante, que se hable de ‘conducta homosexual’, en tanto en ningún caso se hace referencia a la heterosexualidad”.

Recordemos que el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil, establece que “el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”. En el mismo listado se mencionaba a “la conducta homosexual”.

Cabe señalar que la declaración de inconstitucionalidad de la causal, contó con los votos a favor de los/as ministros/as María Luisa Brahn, Gonzalo García, Nelson Pozo, Cristián Letelier, Rodrigo Pica, María Pía Silva, mientras en contra se pronunciaron los/as magistrados/as Iván Aróstica, Juan José Romero, José Ignacio Vásquez, Miguel Ángel Fernández.