La mañana de este lunes el presidente Sebastián Piñera, promulgó la ley que permitirá la entrega del Préstamo Solidario y el Bono Clase media 2021.

Ambos beneficios, corresponden a un paquete de medidas para ir en apoyo de la ciudadanía que más se ha visto afectada en materia económica, ante la pandemia de COVID-19 en Chile y el mundo.

Ante la aprobación del proyecto, la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, explicó cómo se podrá acceder a los aportes, que podrían ser entregados como fecha tentativa a fines de abril.

Bono Clase Media

Un pago base de $500 mil, será el que recibirán aquellas familias que cumplan con la serie de requisitos de nuevo beneficio.

Dicho monto será entregado a los trabajadores que cuenten con ingresos inferiores al sueldo mínimo, pudiendo aumentar el aporte en caso de contar en su grupo familiar con adultos mayores de 65 años, niños/as y adolescentes, además de personas con discapacidad.

Lo anterior, pues se pagarán entre $125 mil hasta $250 mil por dichos integrantes, aumentando el monto hasta los $750.000.

Por otro lado, quienes perciban un sueldo mayor al ingreso mínimo ($408.125) e inferior a $2 millones, deberán demostrar la caída de un 20% de sus remuneraciones en el periodo período diciembre 2020 – enero 2021 y el período diciembre 2019 – enero 2020.

Cabe mencionar, que el Gobierno habilitará el próximo 17 de abril un sitio web donde se podrá hacer el trámite, y según explicó la ministra Rubilar, en caso de ser aprobada la solicitud, se pagará 10 días hábiles después de ser aceptada.

Préstamo Solidario

Una caída de ingresos superior al 10% es la que deberán acreditar las personas que quieran acceder al préstamo, el cual puede ser solicitado en dos cuotas, mientras que si no recibió el Bono Clase Media, podrá pedirlo en tres cuotas.

El beneficio, será del monto equivalente al 100% del resultado positivo de la resta entre el ingreso promedio mensual del 2019 y el del 2020, teniendo un tope máximo de $650 mil. Este, además tendrá la misma modalidad de petición del préstamo anterior, pudiendo ser solicitado desde el día 8 al último día hábil del mes en curso.

Asimismo, este tendrá un año de gracia para ser pagado, además de que las cuotas no excederán el 5% de los ingresos recibidos en dicho periodo.

Cabe mencionar, que los pensionados de rentas vitalicias podrán optar al préstamo, teniendo un valor máximo que corresponderá a la pensión que perciben en dicha modalidad, el que será devuelto a través de Tesorería en 48 cuotas mensuales iguales, sin multas ni intereses.