Durante este viernes sesionó la comisión que revisa la acusación constitucional contra la jueza Silvana Donoso, acción ingresada por el diputado Andrés Longton y que fue transversalmente apoyado tanto por diputados de oposición como de oficialismo.

Se trata de un líbelo donde se acusa a la jueza Donoso de notable abandono de deberes, debido a que presidió la comisión que otorgó la libertad condicional de Hugo Bustamante, único imputado por el homicidio de Ámbar Cornejo.

En la sesión de la comisión participaron dos de los cinco jueces que integraron en 2016 la Comisión de Libertad Condicional que permitió la salida por esta vía de Bustamante.

La jueza Loreto León, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, fue la primera en exponer y agradeció la invitación de la instancia para explicar el procedimiento con el que funcionó la comisión que otorgó la libertad condicional a Bustamante.

En su relato señaló que cada comisión tiene una forma de funcionar. En este caso, la instancia trabajó una semana en abril, donde con el apoyo de relatores conocían los antecedentes de las causas presentadas por Gendarmería, los debatían uno a uno y resolvían.

Aseguró que el criterio siempre es el de atenerse a los principios de legalidad, imparcialidad e independencia y explicó que, al momento de votar, ningún voto vale más que otro.

En el caso de Bustamante, como en todos, los requisitos que se ponderaron y que contenían las carpetas eran los que establecía la ley, donde se encontraba el informe del jefe del recinto de Gendarmería, que era el documento que la norma vigente en el momento establecía como necesario para poder optar por esta forma de cumplimiento de condena y que es diferente del informe psicosocial, que la ley no contemplaba.

La jueza fue enfática en señalar que se analizó en detalle cada una de las causas y que incluso lograron encontrar problemas, donde personas estaban privadas de libertad sin tener que estarlo. Además, comentó que la práctica era fundamentar por escrito solo en los casos que se rechazaba otorgar la libertad condicional.

En su intervención, explicó que el procedimiento para otorgar la libertad condicional es precario. Agregó también que las personas que postulan a la libertad condicional tienen el derecho de tener su propio informe y no que sea repetido el mismo en todos, como se ha evidenciado en la comisión.

Caso de Ámbar Cornejo

Sobre el caso particular de Bustamante, señaló recordarlo, pues analizó por qué —si en una primera instancia se le había solicitado una pena por homicidio calificado— finalmente fue condenado por homicidio simple como se señalaba en la documentación adjuntada.

En cuanto al informe psicosocial, explicó que en 2016 no era requisito, sin embargo, en la actualidad le parece relevante y “hoy lo consideraría mucho más” ya que se contempla en la ley desde 2019, y mientras sean de un mejor nivel, “obviamente que podría prevenirse cualquier riesgo de reincidencia”.

Por su parte, el juez Alonso Arancibia, del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar y que también integró la comisión en 2016, respaldó lo señalado por su colega, agregando que los requisitos que se tuvieron a la vista para resolver fueron los legales.

“El informe psicosocial no llegó a nuestras manos” explicó y fundamentó que de haberlo hecho se habría producido un debate, pues se señala un consumo problemático de drogas, no problematizado y sin tratamiento, lo que evidentemente impedía que tuviera una calificación buena o muy buena como se señalaba por parte de Gendarmería.

Consultado por los parlamentarios sobre de quién era la responsabilidad de que el informe psicosocial no estuviera, señaló que no la hay pues la ley en ese momento no lo establecía como requisito, el que estaba era el que correspondía al del jefe del establecimiento donde se cumplía la pena.

Tras los antecedentes recibidos por la exposición, la instancia acordó invitar al relator que participó en la comisión en 2016.

Dudas con Gendarmería

El turno siguiente fue del director de Gendarmería, Christian Alveal, quien se encontraba citado a la instancia para explicar por qué es que no se avisó a la Comisión de Libertad Condicional en 2018 que Hugo Bustamante había incumplido en dos oportunidades la firma mensual.

La respuesta entregada por la autoridad fue que no se hizo pues la norma señala que el incumplimiento debe generarse en dos ocasiones seguidas y en este caso fue una en febrero y otra en abril de 2018.

Esta justificación fue cuestionada por el presidente de la comisión, Marcelo Díaz (PS), pues planteó no comprender por qué entonces en agosto de este año, después del femicidio de Ámbar Cornejo, desde el Centro de Reinserción Social de Valparaíso se solicitó a la comisión evaluar por estas ausencias la revocación de la libertad condicional.

Frente a esto, el director de la institución señaló que buscaría mayor información, por lo que la comisión acordó solicitarles un informe antes del miércoles 9 de septiembre, que es cuando la instancia deberá pronunciarse sobre la acusación.

Finalmente, en la comisión expusieron también Sthefania Walser Bustos, directora de la ONG Leasur y Miguel Aldunate, director ejecutivo del Observatorio Judicial, invitados por parte de la defensa de la ministra acusada, quienes volverán a ser invitados para responder las consultas de las y los integrantes de la comisión.