De manera unánime, la Sala del Senado aprobó este miércoles la iniciativa para resguardar y asegurar el pago de las pensiones alimenticias con el retiro del 10% de los fondos de AFP, quedando lista para ser promulgada y convertirse en ley.

Así, la nueva normativa, permitirá que apenas se presente la solicitud a los tribunales de familia, por parte del alimentario, el juez deberá resolver en un plazo breve y notificar a las AFP en un máximo de 48 horas, ordenando resguardar los fondos.

De esta forma, las compañías deberán comunicar al afiliado que sus ahorros están retenidos.

Además, las AFP tendrán la obligación de consultar a sus afiliados si tienen o no obligaciones alimentarias al momento de iniciar el trámite de retiro de fondos.

De ser afirmativa la respuesta, la administradora no podrá hacer entrega de esos dineros, sin que el deudor compruebe que saldó sus deudas.

Y si la persona indica que no tiene deudas, se realiza el pago del 10%, y luego el tribunal ordena la retención de los dineros, porque en realidad la persona si poseía pensiones impagas, entonces los antecedentes son derivados al Ministerio Público para que investigue.

Solo el 15% paga

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, valoró esta votación y afirmó que solo el 15% de las personas con deudas de pensión alimenticia cumple con el pago, y que el resto no lo hace.

Asimismo, el secretario de Estado reiteró que la deuda total en las causas de alimentos alcanza un monto de 180 mil millones de pesos.

La senadora de la DC, Ximena Rincón, afirmó que esto es un avance, ya que las pensiones de alimentos es un tema minimizado. Además, la congresista afirmó que los deudores “no son papitos corazón”, si no que “son infractores de ley”.

La nueva ley establece que los Tribunales de Familia deberán, periódicamente, remitir a las AFP una nómina de deudores de pensiones alimenticias, con detalles de los montos que deben.