Luego que se anunciara el Plan Fortalecido para la clase media del Gobierno, el ministro Vivienda y Urbanismo, Felipe Ward, detalló que a la fecha van 32.510 postulaciones al subsidio de arriendo de un total de 100 mil cupos disponibles.

Recordemos que este beneficio considera una asignación de hasta $250.000 para pagar arriendos de propiedades que tengan un alquiler de hasta $600.000.

“Eso nos da una señal de lo bien recibida que ha sido esta política pública. Estamos muy conformes con el proceso de postulación, el que hemos simplificado en sus requisitos. Es 100% online a través de nuestra página web o con los teléfonos habilitados para ello”, explicó el jefe de cartera, según lo detallado por el diario Financiero.

Esta ayuda se extenderá por tres meses, e incluye postulaciones que tendrán cortes cada 15 días. Esto quiere decir que el primer corte programado será el próximo 24 de julio, para que las personas reciban el subsidio el 10 de agosto.

Por otro lado, se destacó que del total de cupos al menos 60 mil serán destinados a regiones, para así descentralizar los beneficios que en su mayoría son dirigidos a la región Metropolitana.

Requisitos que debes tener

Aún hay tiempo para postular al subsidio de arriendo, que tiene su primer corte el 24 de julio. Para ello debes tener en consideración los siguientes requisitos.

Generales:
– Ser parte de un grupo familiar perteneciente al área media a baja, según sus ingresos económicos. (Entre el 40 a 90% de vulnerabilidad).
– Tener una baja de ingresos del grupo familiar de hasta 30%, y que no puedan solventar el pago del arriendo.
– Ser parte de un núcleo familiar de dos o más personas, salvo adultos mayores y personas en situación de discapacidad, que pueden postular en solitario al beneficio.

Contrato de arriendo:
– Tener un contrato de por medio por el inmueble, firmado ante notario público o estar firmado por el arrendatario y el arrendador, adjuntando una declaración jurada simple de ambos, con fecha máxima al 31 de mayo de 2020.
– Pagar hasta 600 mil pesos por el arriendo.
– Declaración jurada firmada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo del Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda y que esta no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este llamado.

Para acreditar la cesantía se debe presentar:
– Finiquito del contrato de trabajo.
– Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
– Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios (o bien modificación del contrato de trabajo y/o cualquier otro documento en el que conste la modificación de las condiciones laborales).
– Informe de los seis últimos meses de boletas de honorarios emitido por el Servicio de Impuestos Internos.