El pasado lunes el Gobierno anunció la extensión del Estado de Excepción Constitucional en el país por 90 días más, con el fin de tener como eje central la prevención de contagios producto de la pandemia de COVID-19.

Por lo anterior, esta medida se extenderá hasta el próximo 18 de septiembre, justo para las Fiestas Patrias de nuestro país, por lo que las celebraciones de dicha festividad quedaría para una próxima oportunidad si es que la curva se aplana.

Sin embargo, a muchos les surgió la duda sobre qué pasará con la entrega de cajas o aguinaldos que entregan las empresas en dicha fecha, debido a la crisis sanitaria que afecta al país.

Según explicó el abogado Rubén Santander a Meganoticias, la ley establece que: “El aguinaldo de Fiestas Patrias tiene el carácter de remuneración. Si se encuentra pactado en un contrato colectivo, en un convenio colectivo, o en un contrato individual de trabajo, es obligatorio el pago para su empleador en la fecha acordada y el monto acordado”.

Asimismo, desde la Dirección del Trabajo manifestaron que pese a la crisis, el aguinaldo no está presupuestado para no ser entregado una vez que el contrato personal o colectivo contiene la claúsula.

Eso sí, si no existe un acuerdo entre trabajadores y empleador para la entrega de dicho aporte, y no ha sido entregado en otra oportunidad, este último no está obligado a realizarlo.