El Gobierno echó pie atrás y -a contar de este martes- los contactos estrechos de pacientes con Covid-19 deberán mantener cuarentenas obligatorias por 14 días, incluso si dieron negativo al virus mediante un examen PCR.

La resolución -publicada en el Diario Oficial durante esta jornada- da cuenta de más de una docena de medidas decretadas. Entre ellas, y en primer lugar, aparece el confinamiento anunciado previamente por el Minsal para las comunas de Calama y San Antonio, determinación que empezará a regir a las 22:00 horas de hoy 9 de junio hasta el 19 de este mes.

En tanto, un poco más abajo, en el numeral seis del escrito de cuatro páginas, aparece mencionado que se dispone “que las personas que hayan estado en contacto estrecho con una persona diagnosticada con Covid-19 deben cumplir con medidas de aislamiento por 14 días, desde la fecha del contacto”.

“La circunstancia de contar con un resultado negativo en un test de PCR para SARS-CoV-2 no eximirá a la persona del cumplimiento total de la cuarentena“, agrega lo indicado por el Ministerio de Salud.

La polémica del subsecretario

Los cambios dispuestos por el Gobierno se dan a casi una semana del criticado retorno del subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, tras cortar a inicios de este mes su cuarentena preventiva luego de que su chofer diera positivo a coronavirus.

Los cuestionamientos apuntaron precisamente a que el regreso a sus funciones se dio sólo horas después de que el Minsal modificara su protocolo para contactos estrechos y el mismo sábado que él se realizó el PCR, el 30 de mayo.

En buenas cuentas, la determinación del ministerio apuntaba a que los contactos estrechos podían suspender su confinamiento antes de los 14 días siempre y cuando tuvieran un PCR negativo.

De este modo, Zúñiga cumplió con los requisitos dispuestos en ese entonces y retomó sus labores. Sin embargo, con la determinación de este martes el Ejecutivo echo pié atrás y se dejó el protocolo tal y como estaba antes de lo ocurrido con el subsecretario.

Contactos estrechos: ¿quiénes son?

El documento publicado en el Diario Oficial da cuenta además que:

Se entenderá por contacto estrecho aquella persona que ha estado en contacto con un caso confirmado con Covid-19, entre 2 días antes del inicio de síntomas y 14 días después del inicio de síntomas del enfermo”.

En el caso de una persona que no presente síntomas, el contacto deberá haberse producido durante los 14 días siguientes a la toma del examen PCR.

En ambos supuestos, para calificarse dicho contacto como estrecho deberá cumplirse además alguna de las siguientes circunstancias:

– Haber mantenido más de 15 minutos de contacto cara a cara, a menos de un metro, sin mascarilla.

– Haber compartido un espacio cerrado por 2 horas o más, en lugares tales como oficinas, trabajos, reuniones, colegios, entre otros, sin mascarilla.

– Vivir o pernoctar en el mismo hogar o lugares similares a hogar, tales como, hostales, internados, instituciones cerradas, hogares de ancianos, hoteles, residencias, entre otros.

– Haberse trasladado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro con otro ocupante del medio de transporte que esté contagiado, sin mascarilla.

Revisa la resolución completa a continuación: