La suspensión de clases por coronavirus más el adelanto de las vacaciones de invierno, hará que durante todo abril, los estudiantes estén sin clases y que los apoderados se pregunten si deben seguir pagando las mensualidades.

Por ello, la Superintendencia de Educación detalló en un oficio -que envió al Sernac-, las medidas que deben cumplir los establecimientos de educación privados y particulares subvencionados.

En casos en que el colegio se vea paralizado por alguna circunstancia excepcional, como esta crisis sanitaria, el establecimiento deberá cumplir con los servicios de: alimentación y cuidado de niños que asistan al colegio voluntariamente, sobre todo cuando es el único lugar de custodia para la familia.

Sobre la suspensión de clases, los colegios deberán recalendarizar el año escolar, con el diseño de un plan “que no considere la asistencia presencial de los estudiantes”, para así cumplir con los contratos con los apoderados.

El pago de las mensualidades deberá realizarse de igual manera pues el contrato es anual; es decir, los estudiantes tienen derecho a finalizar el año escolar, “con independencia del cumplimiento de las obligaciones de pago previstas en los contratos de prestación de servicios educacionales”.

En tanto, los sostenedores podrán exigir “el pago de las prestaciones acordadas, aun cuando durante el año se produzcan circunstancias excepcionales, como la suspensión de clases”, siempre que se cumpla con los programas de estudios.