El Consejo de Seguridad Nacional (Cosena), convocado por el presidente Sebastián Piñera durante la tarde de ayer jueves, sigue generando polémica.

En la cita -que reúne con el Mandatario a los presidentes del Senado, Cámara de Diputados y de la Corte Suprema; comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas; general director de Carabineros, y el contralor- Piñera entregó cifras de los daños en la infraestructura, carabineros heridos, detenidos, daños económicos y de paso hizo hincapié en las propuestas del Gobierno, principalmente en la agenda de seguridad que había anunciado más temprano.

A la salida, el primero en criticar la convocatoria fue el presidente del Senado, Jaime Quintana (PPD), quien aseguró que la reunión “no fue necesaria ni productiva”. También rechazó el encuentro el titular de la Cámara, Iván Flores (DC), quien aseguró que “no se debió haber convocado al Cosena, porque lo mismo que tratamos pudimos haberlo discutido en otro contexto“. Pero las críticas que recibió no sólo fueron políticas, sino también jurídicas.

De acuerdo a Radio Pauta, y tal como pudo corroborar BioBioChile mediante una fuente conocedora del encuentro, cuando le tocó intervenir al contralor general de la República, Jorge Bermúdez, en su rol de abogado encargado de definir el contenido y el alcance de las leyes que la misma Constitución le otorga, le señaló al Mandatario que el Cosena debe ser citado cuando hay un riesgo para la seguridad nacional y que, sin embargo, los temas que abordó eran simplemente “de orden público”.

Aunque lo hizo de forma respetuosa, fue firme en su postura y subrayó que La Moneda incurrió en un error de comprensión jurídica al confundir conceptos de “seguridad nacional” y de “orden público”.

Para fundar su postura, citó los artículos 101, 106 y 107 de la Constitución Política de la República, que se refieren directamente a los escenarios bajo los que se puede convocar al Cosena. En el 101, en el primer inciso, señala que las Fuerzas Armadas “existen para la defensa de la patria” y que “son esenciales para la seguridad nacional”. Y en el segundo apunta a las fuerzas de orden (Carabineros y PDI), que “existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior”.

En tanto, el 106 y el 107 remarcan que el consejo puede prestar asesoría “en las materias vinculadas a la seguridad nacional” y excluye de esa parte del texto la seguridad pública interior.

En medio de la escena, según el citado medio, el ministro de Defensa Alberto Espina, también abogado, quiso defender la postura del Gobierno -en la misma línea que señaló el ministro Blumel más tarde en conferencia de prensa- y dijo que se debía considerar un nuevo concepto sobre seguridad y un Estado más moderno.

De todos modos el contralor insistió: pidió dejar todo en actas y, cuando el Presidente dijo que convocaría nuevamente al Cosena, Bermúdez le respondió que eso se justificaría “solo si la defensa nacional lo exige”.