Fue el 16 de agosto de 2018, cuando personal de la Armada en Valparaíso encontró el torso de un hombre flotando en las cercanías del muelle Prat. El hecho que escondía un macabro crimen causó gran conmoción a nivel nacional.

Se trataba del cuerpo del profesor Nibaldo Villegas de 50 años, quien fue asesinado y descuartizado. Su expareja Johanna Hernández y Francisco Silva, son los únicos dos imputados en el caso.

La ‘Ley Nibaldo’

Los familiares del profesor de Villa Alemana, junto a la diputada Carolina Marzán presentaron una solicitud para modificar el Código Penal, con el propósito de sancionar el descuartizamiento con mayores penas.

“Si bien la ley contempla que el cuerpo posterior a la muerte es una cosa, entendemos que hay un dolor y valores que se alteran al interior de la sociedad, y directamente al interior de la familia (…) ¿Quién se hace cargo del dolor y del trauma que esto provoca al interior del núcleo familiar?”, planteó la diputada del PPD.

Este proyecto que lleva el nombre de “Ley Nibaldo”, pretende agregar un inciso al artículo 320, para sancionar de manera más rigurosa el descuartizamiento o daño al tejido de un cadáver.

Agencia UNO
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¿Influye en la condena que el cuerpo haya sido descuartizado?

Según describe Rodrigo Medina, Académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás a Página 7, el descuartizamiento del cuerpo de la víctima no influye en la condena que pueden recibir Silva y Hernández.

El desmembramiento de un cadáver es un acto de encubrimiento y no afecta las penas que tienen los imputados como autores de los delitos que ya son singularmente altas”, especificó el experto. En este caso, la ley no señala pena para estos actos ni los considera ensañamiento.

¿En qué caso el descuartizamiento podría recibir sanción?

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Si bien el delito descuartizamiento no es sancionado por la ley, hay un caso en el que sí puede recibir una pena de cárcel. Esto ocurre cuando el desmembramiento se realiza cuando la persona está aún con vida.

“Si se realizan respecto de una persona viva y que queda con vida después de la conducta, estaremos frente a alguno de los delitos de lesiones que se contemplan en nuestro Código Penal y que pueden ser castración, mutilación de miembro más o menos importante, y lesiones graves gravísimas”, describió Sergio Huidobro, abogado y profesor de Derecho Penal de la Universidad del Desarrollo a Página 7.

Cabe señalar que estos delitos tienen penas que van desde presidio mayor en su grado mínimo (5 años de privación de libertad) hasta presidio mayor en su grado medio (15 años de privación de libertad).

El futuro de los acusados

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Pero, ¿cuántos años de cárcel arriesgan los acusados? El delito de parricidio consumado que se le imputa a Johanna Hernández, en su calidad de ex pareja de Villegas, tiene una pena de presidio mayor en su grado máximo, la cual va desde los 15 años en prisión a presidio perpetuo calificado, es decir, privación de libertad de por vida, especificó el abogado.

En cuanto al homicidio calificado por el que se le imputa a Francisco Silva, recibiría una pena de presidio mayor en su grado máximo, el cual va desde los 15 años de privación de libertad a presidio perpetuo (simple). En este caso “se puede acceder a la libertad condicional solo una vez transcurridos 20 años de privación de libertad efectiva”, precisó Huidobro.

Por último, el uso fraudulento de tarjetas, es penado con presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años de privación de libertad), según lo dispuesto en el art. 5 letra b) de la ley Nº 20.009.