Este martes entraron en vigor los nuevos protocolos de Carabineros para el control del orden público en manifestaciones, tras su publicación en el Diario Oficial.

Lo anterior con el fin de “resguardar a quienes se manifiestan pacíficamente” al distinguir entre “delitos y legítimo derecho a reunión”.

La actualización de las normas de las fuerzas de seguridad chilenas se vio impulsada tras el estallido social de 2019, cuando la actuación de Carabineros fue duramente criticada.

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Los nuevos protocolos sustituyen los puntos relativos a las intervenciones en “manifestaciones lícitas con autorización”, “sin autorización”, “en manifestaciones ilícitas violentas” y en las “ilícitas agresivas” por otros dos, que son “intervención en reuniones públicas o manifestaciones” e “intervención ante acciones ilícitas”.

Para esto, establecen seis fases de actuación cuando ocurran “acciones ilícitas”, empezando por la “contención”, la “disuasión”, el “despeje” y la “dispersión”, mientras que la quinta contemplará las detenciones y la sexta hará obligatorio la elaboración de un informe respecto a la aplicación de los protocolos durante la actuación.

Para aquellos que “cometen delitos, acciones ilícitas o utilizan armas o elementos incendiarios, ahí no hay protocolos, ahí lo que hay son procedimientos para resguardar a los demás, con identificación, seguimiento y detenciones de quienes cometen estos delitos”, para luego “ponerlos a disposición de la justicia”, señaló el subsecretario del Ministerio del Interior, Juan Francisco Galli, en una entrevista en El Mercurio.

“El personal evitará intervenir de forma indiscriminada”, aseguró Galli, indicando que estos protocolos se han venido aplicando durante los pasados meses, en lo que ha supuesto un periodo de transición para las fuerzas del orden.

Por su parte, el director de Orden y Seguridad de Carabineros, el general Esteban Díaz, ha subrayado que los nuevos protocolos obedecen “a los más modernos estándares internacionales de Derechos Humanos respecto al mantenimiento del orden público”.

Según Díaz, los procedimientos abordan “no solo el restablecimiento” del orden público, sino que “incorporan una mirada preventiva y de resguardo para la realización de manifestaciones pacíficas“.

No obstante, la nueva normativa no ha contemplado la modificación del uso de vehículos lanza agua, del vehículo táctico de reacción, ni tampoco del empleo de disuasivos químicos -como gas lacrimógeno-, escopeta antidisturbios y armas de fuego.