La oferta es real, y fue realizada a través de las redes sociales. En ella se ofrece un departamento en Madrid (España); con una importante condición: quien comprara la vivienda debía ‘adoptar’ también al anciano dueño del hogar.

“El actual propietario, de más de 70 años, seguirá viviendo en este inmueble como usufructuario hasta el final de sus días”, indica inicialmente el aviso que causó indignación en Twitter.

Mientras en la aplicación, muchos usuarios discutían la controversia expuesta por el caso, otros tantos hicieron alusión a que se trataba de una negociación totalmente legal, específicamente por una frase que se lee en el anuncio.

“El comprador que adquiera el título de propiedad de este inmueble, podrá adquirir el pleno dominio de él cuando el usufructuario ya no viva allí. Es un producto para inversores a medio plazo”, agregaba la información.

Aunque parezca fuera de toda razón, se trata de una práctica común tanto en España como en Chile. Su justificación la realizó el abogado español, Eduardo Molet, a 20 Minutos.

Según explicó el jurista, al comprar una propiedad se obtiene lo que se conoce como el pleno dominio y este se divide en nuda propiedad y usufructo vitalicio. “En este caso estaríamos hablando de vender solo la nuda propiedad, con lo cual el  dueño original puede seguir haciendo usufructo de la vivienda”.

En el caso chileno, las facultades inherentes al derecho de propiedad son tres: el uso, el goce y la disposición.

Al vender la nuda el anciano conservará el dominio, pero traspasará el uso y el goce a un tercero mediante un usufructo, es decir, el derecho por el cual una persona puede usar los bienes de otra, y esto se mantendrá así hasta que el propietario muera. Una vez ocurrido esto, quien realizó el contrato tendrá el dominio completo del inmueble.

Según se explicó en el citado medio español, esta medida corresponde a una situación usual a la que recurren sobre todo los adultos mayores que no tienen herederos o que quieren aumentar sus ingresos.