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TVN
La Corte de Apelaciones de Santiago sobreseyó definitivamente al actor Gonzalo Valenzuela tras la denuncia por abuso sexual de la periodista Karla Rocha. La querella, presentada en abril de 2024, se basaba en un presunto incidente ocurrido en una fiesta en 2023 en Vitacura, donde Valenzuela habría realizado un acto de connotación sexual por sorpresa. Sin embargo, el tribunal determinó que los hechos denunciados eran "imposibles" de haber ocurrido, por lo que se extinguió cualquier posibilidad de acción penal.
Desarrollado por Bío Bío ComunicacionesLa Corte de Apelaciones de Santiago sobreseyó de manera definitiva al actor Gonzalo Valenzuela, luego de que la periodista Karla Rocha lo denunciara por abuso sexual.
En concreto, la querella fue presentada en abril de 2024, cuando la comunicadora acusó al intérprete de un presunto “abuso sexual por sorpresa” ocurrido el 27 de marzo de 2023, durante una fiesta en la comuna de Vitacura.
Según detalló el abogado de Rocha, su representada coincidió con Valenzuela en dicho evento e intercambiaron algunas palabras.
“Sin conocer siquiera a mi representada, le muestra desde su celular la definición de fisting, que sería como un acto sexual. En principio no entendió el significado y mucho menos por qué le mostraba eso”, declaró el jurista.
Luego de ese episodio, Valenzuela le habría preguntado si alguna vez había realizado esa práctica.
"'Sí, con mi pareja', le respondió Rocha. Más tarde, al retirarse del lugar, el actor supuestamente la siguió y le dijo de frente: 'Pucha, me dejaste mal'. A lo que ella replicó: 'Momentito, ¿estás soltero?', y él contestó: 'No, pero estoy recién con alguien'”.
Tras ese intercambio, Rocha sostuvo ante el tribunal que el actor la atacó por sorpresa con un acto de connotación sexual.
La periodista dijo que quedó en shock, sin poder reaccionar, y luego abandonó el lugar. Un año después, decidió presentar la denuncia.
A raíz de la querella, el Ministerio Público inició una investigación. Finalmente, este martes, la Corte de Apelaciones concluyó que no existía la conducta denunciada, según consignó La Tercera.
En consecuencia, el tribunal extinguió cualquier posibilidad de acción penal, al calificar los hechos como “imposibles” de haber ocurrido.