Desde el pasado 1 de mayo, comenzó el pago del Bolsillo Familiar Electrónico, el cual fue diseñado como reemplazo del Bono Canasta Básica.

Se trata de un aporte mensual de $13.500 por causante, como una forma de ayudar a enfrentar el alza en el precio de los alimentos y que, forma parte del paquete de medidas del Plan de Seguridad Económica del Gobierno.

De ese modo, el próximo pago del Bolsillo Familiar Electrónico será el viernes 1 de septiembre.

Cabe señalar que entre mayo y agosto de 2023, se consideraron las nóminas de las personas causantes y beneficiarias del SUF (Subsidio Familiar) y de la AFAM (Asignación Familiar) al 31 de diciembre de 2022.

Cambios en Bolsillo Familiar Electrónico

Sin embargo, desde septiembre a diciembre de 2023, se considerarán las nóminas correspondientes al 30 de abril de 2023.

Es decir, serán beneficiarias las familias que reúnan las mismas condiciones, pero que tengan causantes de los citados subsidios o sean usuarios de los subsistemas “Seguridades y Oportunidades” o “Chile Solidario”, al 30 de abril de 2023.

Revisa a continuación si eres beneficiario:

Bolsillo Electrónico Familiar
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

¿A quién va dirigido el Bolsillo Familiar Electrónico?

– Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
– Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
– Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
– Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
– Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
– Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
– Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
– Menores de 18 años de edad.

Importante: “causante” es la persona por la cual se paga el beneficio; por ejemplo, a quienes se denomina habitualmente cargas familiares.