Las empresas que no cumplan con la normativa se exponen a multas que van entre las 5 y 60 UTM (entre 215 mil y 2 millones 580 mil pesos), por cada trabajador afectado.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Iván Quintana y el Director Regional del Trabajo, Paulo Otárola, llegaron hasta el centro de Concepción para informar a los trabajadores del comercio sobre sus derechos por concepto de feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y Año Nuevo. Cabe mencionar que esto aplica para todo el país.
“Buscamos resguardar el derecho de los trabajadores, sobre todo en esta etapa del año donde es muy concurrido el comercio. De esta forma son feriados irrenunciables el 25 de diciembre y el 1 de enero y las empresas que no cumplan con la normativa se exponen a multas que van entre las 5 y las 60 UTM por cada trabajador afectado”, sostuvo el Seremi del Trabajo.
En relación al horario de cierre del comercio durante estas fechas, el Director del Trabajo destacó que “el empleador puede extender la jornada hasta en dos horas diarias durante nueve días, distribuidos dentro de los 15 días previos a Navidad”. Además agregó que “los días 24 y 31 de diciembre el comercio sólo podrá funcionar como máximo hasta las 20:00 horas”.
La mencionada normativa horaria no aplica para los trabajadores de hoteles, clubes, restaurantes, o establecimientos de entretención.
Las autoridades agregaron que ya está operando el plan de fiscalización para este año y que los trabajadores y trabajadoras que vean vulnerados sus derechos, pueden realizar sus denuncias en la página web de la Dirección del Trabajo, www.dt.gob.cl .