La Corte Suprema condenó a Chilevisión a pagar una indemnización total por $32.000.000 a una familia por el daño moral provocado por la difusión de una noticia falsa en el noticiero central.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal ordenó al canal de televisión a pagar la indemnización por atribuir falsamente al demandante autoría en un delito de homicidio, el que habría cometido en marzo de 2012, en Villa Alemana.

Respecto a la causa, el documento indica que “lo normal u ordinario es que todo aquel que se entere de una noticia grave, por un medio de comunicación social masivo, transmitido en un horario de alta audiencia, en que se le atribuye la comisión de un delito de homicidio en circunstancias sumamente trágicas, sin que se haya tenido participación en el mismo, provoca un impacto inmediato no sólo en su persona, que sufre angustias y cambios de conducta a consecuencia de ello”, sino que también a su familia.

En este sentido, el daño reclamado por los demandantes que componen la familia de Claudio Valls Morales -vínculo que ha sido debidamente acreditado- también debe ser considerada.

“Es del todo habitual, normal, común, que una agresión y deterioro grave en los sentimientos que padece un sujeto por unos hechos como los de esta causa constituya un daño que también padecerán su cónyuge y sus hijos”, señala el fallo.

De este modo, el tribunal aseguró que Chilevision “incurrió en una conducta negligente al emitir una información objetivamente falsa, atribuyendo a Claudio Valls Morales un hecho delictivo en el que no tuvo participación“.

Finalmente, se señala que el canal no corroboró la información que le fue proporcionada consultando otras fuentes, hecho que sí realizó otro medio de comunicación respecto del mismo hecho. “La demandada tampoco comprobó la concurrencia de las causales de justificación que esgrimió en su defensa, le correspondía demostrar que su conducta antijurídica no produjo la aflicción que presumiblemente ocasionó en la víctima directa de esa falta de cuidado y en su entorno familiar más cercano”, se concluyó.