A cinco días del accidente automovilístico que protagonizaron los exchicos reality Ignacio Lastra y Julia Fernández, comenzó a circular una fotografía por las redes sociales.

Se trata de una supuesta imagen del modelo en una sala de la Unidad de Pacientes Críticos de la Clínica Indisa.

En la imagen se puede ver a Lastra, quien aún está en riesgo vital, recostado en una camilla, con sus piernas y brazos envueltos en un material transparente y siendo atendido por cuatro especialistas.

La captura fue divulgada durante la tarde de este lunes por una cuenta de Facebook y luego fue compartida por una fanpage de Leandro Penna en Twitter.

Sin embargo, no a todos los cibernautas les pareció correcto que esta supuesta fotografía de Ignacio fuese viralizada puesto que vulnera su privacidad y dignidad en un momento tan difícil como el que está pasando.

Además, los usuarios de Twitter también criticaron a la persona que sacó la captura, asegurando que si se trata de un profesional de la salud, habría faltado a todos los códigos éticos de su labor.

Respecto a la viralización de la imagen en una fanpage de Leandro Penna, el mismo argentino se refirió a esta situación a través de su cuenta de Twitter, señalando que se contactó con la administradora, no obstante, no quiso eliminarla.

Leandro Penna | Twitter
Leandro Penna | Twitter

Pero, ¿qué consecuencias legales podría tener la persona que sacó la fotografía y quienes la divulgaron?

De acuerdo a M&E Estudio Jurídico Moncada, Etchepare & Asociados, este conducta está sancionada por el artículo 161-A del Código Penal, el cual se refiere a todos quienes “capten, graben, filmen o fotografíen imágenes o hechos de carácter privado en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público”.

La pena consiste en una reclusión menor en cualquier de sus grades y la multa puede ser de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales. Además, se exponen también ante esta pena a quienes hayan difundido las imágenes.

Finalmente, en cuanto a las acciones civiles que puede iniciar, la víctima podría obtener una indemnización de perjuicios por el daño patrimonial y morale de la captura y su difusión, la cual “se puede intentar contra quien tomó las fotos, contra quienes las difundan y contra el centro de salud en virtud de la Ley 20.584, que establece los derechos y obligaciones de las personas en relación a la atención de salud, la cual implica el resguardo la privacidad y la honra de los pacientes”.

A continuación te dejamos algunos tuits de los usuarios criticando la divulgación de la supuesta fotografía de Ignacio Lastra en la clínica.