Este mes comenzó a regir la nueva normativa de vidrios polarizados emitida en marzo recién pasado por el Ministerio de Transportes.

Se trata de una medida que tiene como objetivo delimitar el factor de transmisión regular de la luz (FTRL) en los automóviles, lo que significa que las entidades correspondientes comenzarán a inspeccionar este tipo de vidrios a partir de la próxima revisión técnica.

De esta forma, y en caso de no cumplir con la norma establecida, desde la empresa rechazarán la inspección hasta que el dueño del vehículo solucione el problema.

¿Desde cuándo rige la normativa de vidrios polarizados?

Tras tres meses de prueba, este 11 de agosto comenzó a regir la medida, motivo por el que las empresas a cargo del proceso de revisión técnica deberán hacer valer la norma.

De todas formas, se debe mencionar que la cartera de Transporte impulsó la medida con la finalidad de fortalecer la seguridad de la conducción.

¿Qué dice la ley al respecto?

Específicamente, la normativa prohíbe la instalación de láminas reflectivas, metálicas o espejadas; además de aquellas de color ámbar, amarillo, rojo o azul, cualquiera sea el matiz.

A su vez, no se aceptarán tratamientos de vidrios oscurecidos o tinteados que de fábrica están permitidos, y láminas con imperfecciones, adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un solo paño.

Ministerio de Trasportes

Esto permitirá que desde ahora los autos cumplan con un factor mínimo de transmisión regular de la luz, para el conjunto vidrio y lámina, según el tipo de vehículo.

¿Qué multas se aplicarán?

Según precisó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, será personal de Carabineros quienes van a poder fiscalizar los vehículos, además de las respectivas revisiones técnicas.

En ese contexto, si las personas no cuentan con su Revisión Técnica aprobada, eso se traducirá en multas que van desde las 0,2 UTM ($11.754), hasta las 0,5 UTM ($29.386).