Durante el fin de semana el Servicio Electoral dio a conocer el primer listado con los vocales de mesa para las próximas elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales, a desarrollarse el 21 de noviembre.

Y si bien, el concurrir a ejercer esta labor es una obligación, existen algunas excepciones, en donde algunas personas pueden excusarse de cumplir con esta tarea.

Por lo mismo es que para no hacer de vocal de mesa, se deben cumplir con algunos requisitos que aparecen en la ley y también presentar los documentos que acrediten la situación particular.

Estos deberán ser entregados en tu Junta Electoral, entre el martes 2 y el jueves 4 de este mes.

¿Cuáles son los motivos para excusarse de ser vocal de mesa?

– Tener más de 60 años.

– Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

– Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

– Madre o padre de hijos menores de dos años.

– Estar en el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N°18.700 o haber sido designado miembro del colegio escrutador.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante de más de 300 kilómetros o con lo que no haya comunicaciones expeditas.

– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende la Ley N°18.700.

– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que deberá ser acreditada con certificado médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras de sufragios, situación certificada por el director del establecimiento de salud.