Este martes el presidente Sebastián Piñera, anunció la entrega de un nuevo IFE Laboral, que busca potenciar las ayudas entregadas hasta ahora por la crisis económica producto de la pandemia.

En ese sentido, el beneficio está destinado a personas que puedan encontrar un lugar de trabajo estable durante 2021, para así también incentivar la creación de 500 mil empleos a nivel nacional.

Cabe señalar, que este nuevo Ingreso Laboral de Emergencia reemplazará al Subsidio al Nuevo Empleo, y su objetivo es prácticamente el mismo, pues serán beneficiadas todas las personas que encuentren un trabajo formal con contrato, de forma dependiente y cuyo sueldo no supere el $1.011.000 brutos, que es la suma equivalente a tres sueldos mínimos.

¿Quiénes pueden recibir el beneficio?

Todos quienes tengan un nuevo contrato de trabajo a partir del 1 de julio de 2021, cuyo sueldo bruto no supere el monto mencionado anteriormente.

De acuerdo al portal SubsidioAlEmpleo.cl, “para validar que se trate de un nuevo contrato, SENCE revisará las cotizaciones previsionales de los tres meses antes del inicio del contrato (marzo, abril, mayo de 2021) para ver que no tenga cotizaciones con el mismo empleador por el que se solicita este beneficio”.

Además, para otorgar este subsidio, se deben tener al menos declaradas las cotizaciones desde el inicio del contrato, ya sea de AFP y de salud.

La ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, comentó este miércoles en Bienvenidos que “el IFE laboral, al igual que el IFE universal, se deposita en la cuenta de las personas, esto no pasa por el empleador. Es transferencia directa al trabajador o la trabajadora, por lo tanto, la cuenta es súper importante”.

¿Cuáles son los montos

Sobre los montos del beneficio, la Ministra señaló que estarán “relacionados a su sueldo, y va a depender si usted es uno de los grupos que estamos tratando de potenciar más o no”.

El primero corresponde a:

– Jóvenes de entre 18 y 24 años, mujeres, personas con discapacidad y pensionados por invalidez.

Este grupo recibirá un 60% de su remuneración brutal mensual, con un tope de $250 mil.

El segundo grupo corresponde a:

– Hombres mayores de 25 años y menores de 55 años.

Recibirán el 50% de la remuneración brutal mensual con un tope de $200 mil mensual.

¿Quiénes no pueden postular a este IFE?

De acuerdo a como funcionaba el Subsidio al Nuevo Empleo, no podrán postular a este beneficio las personas que:

– Personas que se encuentren trabajando de manera informal o a honorarios.

– Presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.

– Estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).

– Estén gozando de licencia médica (incluye pre y postnatal).