El pasado 5 de mayo, el Poder Judicial afirmó que el Juzgado de Familia de Paillaco, instruyó retener el tercer retiro del 10% a un afiliado de AFP Capital debido a contar con deudas de pensión de alimentos.

Pese a ello, la empresa transfirió los fondos a BancoEstado, los cuales por resolución estaba obligada a conservar.

Según consignó BioBioChile, la magistrada Lucía Massri Ergas se refirió al incumplimiento, delegándole la responsabilidad a la Administradora de Fondos de Pensiones por no haber impedido el pago.

“Por lo que le ordenó, bajo apercibimiento de multa y arresto a su representante, pagar lo adeudado con fondos propios en un plazo de 10 días”, expresó.

Además, puntualizó que la situación es grave, pues el organismo no acató las órdenes judiciales, ya que obstaculizó la entrega del monto a su beneficiario. El citado medio detalló que el deudor recibió $1.032.707  en su tercer retiro.

En ese contexto, se declaró a AFP Capital de “solidariamente responsable del pago de la deuda que actualmente mantiene su afiliado”, la cual correspondería a $847.592.

Esta suma deberá ser depositada a la cuenta de ahorro a la vista de la demandante”, aclaró el fallo.

Cabe destacar que si la institución no cumple con la medida, arriesgaría multas o arresto por dos meses de su representante legal.

La respuesta de AFP Capital

En relación con el fallo del Juzgado de Familia de Paillaco, la Administradora de Fondos de Pensiones aludida, emitió un comunicado para entregar detalles de lo sucedido. “Confirmamos que ya realizó el pago correspondiente a la alimentaria”, manifestó.

“Es importante señalar que cumplimos con todos los estándares y plazos del proceso que exige la normativa para los retiros de ahorros
previsionales. La medida cautelar fue notificada el mismo día en que los fondos fueron liberados desde Operaciones a BancoEstado”, concluyó.