Como todos los años, este abril de 2021 se llevará a cabo la ‘Operación Renta’. Y para que puedas llevar a cabo este proceso, Antonio Melys, Director de Impuestos de PKF Chile explica detalladamente en qué consiste y qué debemos hacer.

¿Qué es la operación renta? Es un proceso anual en el que todas las personas deben declarar ingresos obtenidos el año anterior, con el propósito de liquidar los impuestos sobre la renta que puedan quedar sujetos u obtener la devolución de impuestos.

Deben declarar:

– Personas jurídicas que hayan obtenido utilidades.

– Trabajadores independientes (remuneración a honorarios).

– Cualquier persona natural que haya obtenido ingresos o rentas el año anterior.

– Personas naturales que tengan derecho a solicitar la devolución de los saldos a su favor.

– Personas naturales con rentas provenientes de más de dos empleadores u organismos de previsión.

No deben declarar:

– Los pequeños contribuyentes (mineros artesanales, comerciantes ambulantes y los suplementeros, en la medida que sólo desarrollen dichas actividades).

– Las personas naturales con residencia o domicilio en Chile, que durante el 2020 hayan obtenido rentas cuyo monto sea inferior o igual $8.266.698.

– Trabajadores dependientes, jubilados, pensionados y montepiados que reciban remuneraciones o pensiones de un solo empleador u organismo de previsión.

– Se mantiene esta liberación aún cuando hayan percibido arriendos por una propiedad acogida al DFL 2. Tampoco deben declarar si han obtenido intereses, dividendos u otras rentas de ciertas inversiones por montos que no excedan los topes fijados por ley, que fluctúan entre UF20 y UF30, según el caso.

– Las personas que hayan percibido en diciembre el total o parte del segundo retiro voluntario de las AFP y que hayan tenido un ingreso tributable en el año 2020 superior a 30 UTA ($18.370.440).

¿Cómo se lleva a cabo esta declaración?

La declaración se realiza utilizando el formulario 22, que contempla líneas para los distintos tipos de impuestos a la renta, las rebajas y los créditos a descontar de los impuestos. Asimismo, contiene recuadros para registrar la información requerida por el Servicio de Impuestos Internos según cada tipo de contribuyente.

¿Cómo y dónde hago este pago de impuestos?

La presentación de la declaración y el pago de los impuestos se efectúa a través de internet en la página web del Servicio de Impuestos Internos. Las declaraciones que resulten con pago también pueden ser presentadas en los bancos e instituciones financieras autorizadas. En algunos casos se puede presentar a través de smartphones y tablets.

¿Qué cambios trae esta operación renta para este 2021?

La Ley de Modernización Tributaria dictada el año pasado introdujo cambios que afectan la determinación de los impuestos a la renta. Sin embargo, la más relevante se refiere a los regímenes tributarios que afectan las empresas:

a) Régimen Parcialmente Integrado que afecta a las grandes empresas que deben llevar contabilidad completa. La tasa de impuesto es del 27%, pero los dueños pueden utilizar sólo el 65% del mismo como crédito contra el impuesto a la renta personal sobre las utilidades, cuando las retiren o les sean distribuidas por la empresa.

b) Régimen Pro Pyme, en el cual las micro, pequeñas y medianas empresas tributarán en base a los ingresos percibidos y gastos pagados, pudiendo llevar contabilidad completa u optar por una simplificada. La tasa de impuesto es del 25%, pero para esta declaración se aplicará rebajada a 10%. Los dueños pueden utilizar el impuesto pagado por la empresa, en forma íntegra, como crédito contra el impuesto a la renta personal sobre la utilidad, cuando los dueños la retiren o les sea distribuida por la empresa.

c) Régimen Pro Pyme Transparente, aplicable a las empresas cuyos propietarios tributan con impuestos finales. La renta se determina en base a los ingresos percibidos y gastos pagados, sin obligación de llevar contabilidad completa. Sin embargo, la empresa no paga impuesto, pero sus propietarios deben tributar con sus impuestos personales sobre el resultado tributario que haya determinado la empresa, aunque la utilidad no haya sido retirada o distribuida.