Este sábado el Servicio Electoral (Servel), publicó la nómina de vocales de mesa para el Plebiscito del próximo 25 de octubre.

De esta forma, la entidad informó a quienes fueron seleccionados para cumplir con dicha tarea durante tres jornadas, incluyendo una capacitación, la cual este año será más exhaustiva producto de la pandemia.

Sin embargo, son varias las personas que no pueden presentarse para ser vocales de mesa por diferentes motivos, pudiendo excusarse al respecto.

Dicho proceso inició este lunes, siendo solo tres días hábiles para presentar las excusas correspondientes al Secretario de la Junta Electoral que lo designó vocal de mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700.

¿Por qué puedo excusarme?

De acuerdo a lo informado por el Servel, son 6 causales por las que persona puede restarse de participar en el sufragio, correspondientes a:

Tener 60 años o más. Lo anterior es de aplicación exclusiva por el contexto de pandemia.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros, o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.

Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

– Mujeres embarazadas o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a este, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.

Cabe señalar, que la excusa debe venir acompañada con documentos que acrediten la causal por la que se está realizando el trámite, teniendo solo hasta este miércoles 7 de octubre para presentarla.

¿Dónde debo concurrir?

Producto de la pandemia, no es necesario asistir directamente a la Junta Electoral, ya que las excusas correspondientes pueden ser presentadas de manera presencial, o a través de correo electrónico.

La medida fue adoptada producto de la alerta sanitaria de COVID-19 que afecta el país, noticia que fue confirmada por la Asociación de Notarios, cuyos integrantes actúan como ministros de fe en las Juntas Electorales.

Sin embargo, el solicitante deberán adjuntar toda la información correspondiente en el correo electrónico. Revisa aquí cuál es el que te corresponde según tu Junta Electoral.