Una auditoria exhaustiva realizada por la Contraloría General de la República a la Subsecretaría de Evaluación Social —órgano a cargo del Registro Social de Hogares (RSH)— y que es dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, permitió detectar problemáticas relativas a retardos en las bases de datos que nutren el sistema, como también, constatar demoras en respuesta a los usuarios, así como en la propia modificación de sus registros.

Según señaló la Contraloría en su informe, se detectaron desfases en las bases de datos del Registro Social de Hogares —sistema que otorga puntajes que permiten a las personas postular a diversos beneficios, y que usa como fuente registros de distintos servicios públicos—.

Por ejemplo, se constató que las bases de datos suministradas por la Administradora de Fondos de Cesantía, AFC; por el Fondo Nacional de Salud, Fonasa; y por el Instituto de Previsión Social, IPS, relativas al seguro de cesantía, a beneficiarios y cotizantes del Fonasa, y a pensiones, respectivamente, para el mes de abril, tenían un desfase de 5 meses, y no de 2 como lo señaló la Subsecretaría de Evaluación Social.

Asimismo, la fiscalización permitió evidenciar que 3.014 postulantes no habrían podido obtener el primer pago del Bono COVID-19 debido a demoras en modificar la información del RSH.

“Durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 26 de abril de 2020, se recibieron 224.111 solicitudes de modificación. Sobre el particular, se advirtió que, para aquellas peticiones realizadas hasta el 21 de marzo de 2020, existieron 3.014 casos que fueron resueltos con posterioridad al 26 de igual mes y año, fecha de corte para determinar los habilitados para el primer pago del bono COVID-19, por lo cual los ciudadanos no vieron reflejada esa modificación para ese mes de marzo, lo que pudo afectar su calificación socioeconómica, impidiendo su habilitación para la obtención de dicho beneficio”, sostiene el informe.

Además, 69.802 solicitudes de modificación del RSH no se resolvieron en 5 días hábiles, superando en algunos casos, más de 50 días. A otros 1.048 casos nunca se dio respuesta.

“Se comprobaron 69.802 requerimientos de modificación, cuya solución del caso demoró más de 5 días hábiles, plazo máximo establecido en la resolución exenta N° 72, de 2020 (…) de la Subsecretaría de Servicios Sociales, llegando incluso a superar los 50 días”, señalan.

Sobre lo mismo, se menciona que “otros 1.048 casos respecto de los cuales no se había dado respuesta a la modificación solicitada por el ciudadano, encontrándose en proceso y superando los precitados 5 días hábiles”.

Finalmente, sostienen que el reglamento para el Subsidio Mínimo Garantizado, debía emitirse en 90 días después de publicada la Ley. Según indican, al 6 de agosto de 2020, 125 días después, aún estaba en revisión.

“Se constató que el 6 de agosto de 2020 —fecha de respuesta a la Minuta N° 1, de 2020— el reglamento previsto en el artículo primero transitorio, inciso segundo, de la ley N° 21.218, se encontraba para revisión de los ministerio del Trabajo y Previsión Social, de Hacienda y de Secretaría General de la Presidencia, para la posterior firma del Presidente de la República, ello habiendo transcurrido 125 días desde la publicación de ese texto legal —3 de abril de 2020—, sin que este documento se encontrara totalmente tramitado”, aclaran.