Este jueves el Gobierno anunció que presentará un veto aditivo para el proyecto que permite a los reos cumplir sus condenas bajo arresto domiciliario. Esto, para prevenir el avance del COVID-19 en las cárceles del país.

El veto presidencial contempla que la ley pueda ser aplicada permitiendo sancionar a quienes incumplan con el beneficio.

De ser aprobado el proyecto de ley, ¿quiénes podrán acceder al beneficio?

1. Los hombres mayores de 60 años, quienes deberán tener cumplida la mitad de su sentencia y que les reste una un saldo igual o inferior a 36 meses.

2. Las mujeres mayores de 55 años, a quienes se les exigirá un tercio de la condena cumplida y un saldo igual o inferior a 36 meses.

3. Los hombres y mujeres mayores a los 75 años no tendrán ningún tipo de exigencias.

4. Mujeres embarazadas o con hijos menores a dos años de edad también se les permitirá este beneficio pero podrán cumplir lo que les quede de pena de cárcel bajo arresto domiciliario total.

5. Personas que cumplen penas de reclusión parcial nocturna o pena privativa de libertad.

Exclusiones

La propuesta original establece que quedarán excluidos del beneficio todas las personas que se encuentren condenadas por delitos que representan un atentado a los bines jurídicos más importantes de la sociedad (estos son: la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad e indemnidad personal y de propiedad) y por delitos de lesa humanidad o genocidio.

A esto se la suma una nueva exclusión que incorporó el Gobierno con el veto aditivo, que es para aquellas personas que han sido condenadas por violencia intrafamiliar.