Permiso laboral para vacunarse: ¿cómo se emplea y cuánto tiempo otorga?
En el contexto de la campaña de inmunización del Ministerio de Salud, la Dirección del Trabajo (DT) comenzó a difundir información de manera digital, sobre el derecho de trabajadores y trabajadoras de tener permiso para vacunarse.
La campaña de inmunización para proteger contra virus invernales está enfocada en grupos de riesgo, adultos mayores, embarazadas y personal de salud.
El Director del Trabajo, David Oddó Beas, explicó que “a través de todos nuestros canales digitales de difusión la Dirección del Trabajo está informando a los empleadores sobre su deber de otorgar un lapso de mediodía para vacunación a todos los trabajadores y trabajadoras que son objeto de esta campaña de salud pública”.
“El objetivo es proteger a los grupos de riesgo contra la influenza, el Covid y otras enfermedades invernales, con lo cual, de paso, se reduce el ausentismo laboral y se crea un entorno más seguro para todos”, precisó.
¿Cómo se usa el permiso laboral para vacunarse?
Según el artículo 66 Ter del Código del Trabajo, todo trabajador o toda trabajadora que se encuentre dentro de la población objetivo de dichas campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral para su vacunación, para lo cual debe avisar a su empleador/a con al menos dos días de anticipación.
El Código del Trabajo además precisa que el tiempo para vacunarse, se complementa con el tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica, y se deben tener en cuenta las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario.
A su vez, se precisa que el tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes se considera como parte del trabajo para todos los efectos legales; asimismo, este permiso no se podrá compensar en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario.
Por último, la normativa explicita que, si los trabajadores estuvieren afectos a un instrumento colectivo que considerare un permiso análogo, se entenderá cumplida la obligación legal por parte del empleador/a.