El camionero detenido por su presunta responsabilidad en el atropello que causó la muerte del empresario Jaime Montero Jaramillo, en la ruta que une Cartagena con Algarrobo, quedó con medidas cautelares.

Según informó Emol, Carabineros identificó al conductor mediante cámaras de tránsito y lo detuvo en una empresa de San Antonio. En su declaración, el imputado aseguró que pensó haber atropellado a un perro y no a una persona.

Sin embargo, este miércoles enfrentó su formalización por abandonar el lugar sin prestar auxilio. Además, las pericias confirmaron que el camión presentaba daños atribuibles al atropello.

Camionero que atropelló a empresario en ruta de Algarrobo quedó con medidas cautelares

Durante el control de detención, se formalizó al camionero por el atropello con resultado de muerte y huir del lugar sin prestar auxilio a la víctima, según reportó BioBioChile.

Ante ello, el tribunal dictó las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para el -ahora- imputado, por el atropello del empresario en la ruta de Algarrobo.

“Se está a la espera del informe definitivo de la SIAT que se constituyó en el lugar y que estuvo trabajando desde el día 5 de octubre cuando se encontró a la víctima tendida en la vía indicada, quien falleció de manera inmediata por un shock hipovolémico, politraumatismo y un traumatismo encéfalocraneano, según da cuenta el informe del Servicio Médico Legal (SML)”, precisó la fiscal de San Antonio, Claudia Cancino.

Lo anterior, con el propósito de esclarecer por qué el empresario Jaime Montero detuvo la marcha de su auto, encendió las luces de emergencia, y estaba en la vía al momento de los hechos y no al interior de su auto, estacionado a un costado de la ruta.

Ante ello, la fiscal comentó que la autoridad “tendrá que realizar el resto de las diligencias a fin de establecer cuáles serían los motivos por los cuales la víctima se encontraba en dicho lugar y detuvo su vehículo y en definitiva terminó siendo impactada por este camionero, que infringió a lo menos en esta etapa procesal lo dispuesto en el Artículo 195“.