Los beneficios que puedes recibir en caso de estar cesante
Estar cesante sin lugar a dudas que es uno de los panoramas más complejos para las personas, al perder la fuente de ingresos.
Sin embargo, hay varios beneficios a los que se pueden aplicar en caso de haber perdido el trabajo, para los cuales hay que cumplir una serie de requerimientos.
Beneficios en caso de quedar cesante
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía respalda a todo trabajador que haya quedado cesante por despido, renuncia o fin de contrato, y otorga prestaciones económicas, sociales, de salud y previsionales.
Para acceder a este se deben tener al menos 10 cotizaciones en caso de haber tenido contrato indefinido, o cinco si es que la persona contaba con el documento a plazo fijo o por obra.
La solicitud se realiza a través de la sucursal virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), o acudir de manera presencial con las oficinas (haz clic aquí).
Para solicitarlo, se debe efectuar la solicitud en la sucursal virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) o acudir presencialmente a una de sus oficinas (conócelas aquí).
Subsidio de Cesantía
Quienes estén sin empleo y no cumplan los requisitos para el Seguro de Cesantía, podrán aplicar al Subsidio de Cesantía, el cual entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Este se entrega en un plazo máximo de 360 días y da derecho a atención médica gratuita, asignación familiar y/o maternal, además de la asignación por muerte, según corresponda.
El beneficio se debe solicitar ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado, es decir, el IPS o la caja de compensación.
Fondo de Cesantía Solidario
En caso de no tener fondos suficientes en la Cuenta Individual de Cesantía al momento de perder el trabajo, las personas podrán optar al Fondo de Cesantía Solidario.
Los requisitos para recibirlo son:
- Estar cesante al momento de la solicitud.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido. En caso de estar en una zona decretada en estado de catástrofe, se exige contar con 8 cotizaciones pagadas.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
- El contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.