VER RESUMEN
El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió al exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo en el caso de las graves lesiones sufridas por Gustavo Gatica durante el estallido social. Los magistrados descartaron los cargos por apremios ilegítimos al no existir un registro directo de Crespo realizando el disparo que causó las lesiones, aunque se cree que el proyectil provino de la escopeta utilizada por él. El tribunal destacó la falta de regulación sobre el uso de armamento antidisturbios y consideró relevante el contexto de agresión potencialmente letal en el que se encontraba Gatica al momento de ser herido, justificando así el uso de la escopeta.
Este martes se conoció el veredicto del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en una de las causas más emblemáticas derivadas del estallido social.
Y es que el tribunal resolvió absolver al exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo en el caso que investigaba las graves lesiones sufridas por Gustavo Gatica, consignó BioBioChile.
En su resolución, los magistrados descartaron los cargos por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas, delito por el cual el excarabinero arriesgaba una pena de hasta 12 años de presidio.
Según expuso el tribunal, no existe un registro audiovisual que muestre de manera directa a Crespo efectuando el disparo que causó las lesiones.
Sin embargo, la mayoría de los jueces coincidió en que el proyectil que impactó a Gatica fue percutado por la escopeta utilizada por el exfuncionario policial.
Pese a lo anterior, los jueces pusieron énfasis en un punto clave: el reglamento vigente no establece una regulación específica sobre la distancia ni el direccionamiento del disparo de este tipo de armamento.
Asimismo, el tribunal consideró relevante el contexto en que ocurrieron los hechos. En ese sentido, se indicó que Gustavo Gatica, al momento de resultar herido, portaba una piedra en la mano, lo que fue calificado por los magistrados como una “agresión activa potencialmente letal”.
Bajo esa premisa, el fallo sostiene que el uso de la escopeta antidisturbios se encontraba justificado, dado que los gases lacrimógenos no eran suficientes para restablecer el orden público en ese escenario específico.