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“Injustificado”: condenado por violar a niña de 14 años acusa demora de Rabat para rebajar su pena

Condenado por violar a niña de 14 años acusa demora del ministro Rabat para rebajar su pena
AGENCIA UNO
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo de Víctor Alarcón, condenado por violar a una menor de 14 años, y ordenó al Ministerio de Justicia resolver en 24 horas su solicitud de rebaja de condena. La comisión regional calificó su conducta como sobresaliente y proyectó su salida para el 26 de octubre de 2026, pero la cartera aún no dictaba el acto administrativo. El fallo no ordena liberarlo, sino que obliga al ministerio a pronunciarse sobre el beneficio.
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La polémica que enfrenta el Ministerio de Justicia por la tramitación de rebajas de condena sumó un nuevo episodio.

Esta vez, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo presentado por Víctor Alarcón Torres, condenado a cinco años y un día de cárcel por el delito de violación de una menor de 14 años.

El tribunal ordenó a la cartera que dirige Fernando Rabat dictar, en un plazo máximo de 24 horas, el acto administrativo que resuelva su solicitud de reducción de pena, informó Meganoticias.

El caso que tiene contra las cuerdas al ministro Rabat

El recluso acudió a la justicia luego de que su defensa denunciara que el ministro aún no firma el decreto que podría permitirle abandonar anticipadamente el recinto penitenciario.

El caso genera especial atención debido a la controversia que rodea al secretario de Estado, quien enfrenta presiones políticas y una eventual acusación constituciona.

Lo anterior, tras visar 56 decretos de rebaja de condena, en su mayoría relacionados con personas condenadas por delitos sexuales contra menores de edad.

En este contexto, el Gobierno anunció el pasado 23 de octubre la suspensión de la tramitación de estos documentos, medida que también incidió en el caso de Alarcón.

Sin embargo, la historia de su solicitud comenzó varios meses antes, específicamente en junio, cuando la Comisión de Reducción de Pena de la Región de Valparaíso revisó su situación.

En primera instancia, el organismo decidió excluirlo del beneficio debido a que su condena corresponde a uno de los delitos que la ley menciona expresamente como causal de exclusión.

Frente a esa determinación, su abogado presentó un primer recurso de amparo, argumentando que la medida resultaba ilegal.

Cinco días después, la Corte de Valparaíso acogió la acción judicial y ordenó reincorporarlo al proceso de evaluación, instruyendo a los integrantes de la comisión a “calificar su comportamiento con prescindencia de la causal del artículo 17 letra e) de la Ley N°19.856”.

De esta manera, el tribunal estableció que los jueces debían evaluar su conducta sin aplicar la causal que había motivado su exclusión, considerando la normativa vigente cuando cometió los delitos.

Posteriormente, en una nueva sesión realizada un mes después, la comisión calificó su comportamiento como sobresaliente y le otorgó el beneficio de reducción de condena.

Esa decisión permitió proyectar su eventual salida de la cárcel para el 26 de octubre de 2026. La documentación llegó al Ministerio de Justicia el 21 de octubre, pero la cartera todavía no resolvía la solicitud.

Así, cuando llegó la fecha prevista para su egreso, el Centro de Detención Preventiva de Limache no recibió el decreto correspondiente.

Abogado presentó segundo recurso de amparo

Ante la falta de respuesta, su abogado presentó un segundo recurso de amparo el 27 de octubre, esta vez directamente contra el ministerio, acusando una demora injustificada.

La defensa de Alarcón sostuvo en el escrito judicial que el ministro Fernando Rabat “no ha cumplido con su obligación de reconocer el beneficio de reducción de condena al amparado, permitida por la Ley N°19.856, al haber retardado la resolución que le otorga la libertad anticipadamente en virtud de los meses otorgados por la Comisión de Reducción de Condena”.

Además, el abogado planteó que la demora en la firma del documento “constituye una privación ilegal de la libertad personal del amparado”.

La situación avanzó el jueves 4 de noviembre, cuando la secretaria de la Corte, María Luisa Ríos, se comunicó directamente con el Ministerio de Justicia para consultar por el estado del trámite.

En respuesta, el abogado de la cartera, Fernando Ruiz Puschel, confirmó que todavía no existía una resolución administrativa sobre el caso.

Según detalló, “a la fecha, no se ha dictado acto administrativo alguno reconociendo o rechazando relativo al beneficio de reducción de condena solicitado por el amparado Víctor Manuel Alarcón Torres”.

Un día después, el tribunal de alzada resolvió acoger el recurso y cuestionó la demora de la autoridad.

“No puede prolongarse injustificadamente”

En su fallo, los ministros Felipe Caballero y Nancy Bluck señalaron que, aunque el reconocimiento formal del beneficio requiere un acto administrativo, “la tramitación necesaria para su concesión o rechazo no puede prolongarse injustificadamente”.

Asimismo, advirtieron que la falta de una respuesta oportuna, sin que el ministerio identificara impedimentos legales concretos para resolver la solicitud, constituye una omisión ilegal que amenaza la libertad del condenado, pues arriesga extender la fecha prevista para su eventual egreso.

Por este motivo, la Corte acogió el amparo y ordenó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que, dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la sentencia, dicte el acto administrativo correspondiente y se pronuncie sobre la solicitud de reducción de condena.

La resolución no establece directamente su liberación, sino que obliga a la autoridad a resolver si reconoce o rechaza el beneficio.