Revés judicial para “el mejor abogado de Chile”: Corte rechaza su recurso y lo obliga a pagar costas
El abogado Ariel Wolfenson Rivas, conocido por autopromocionarse como “el mejor abogado de Chile” y por su intensa presencia en redes sociales, enfrentó un revés judicial luego de acudir a tribunales por un reportaje que, según él, lo perjudicó gravemente.
Todo comenzó tras la emisión de una nota de Teletrece, donde se expusieron antecedentes vinculados a su figura pública: desde cuestionamientos sobre abogados que aparecerían en su sitio web pero que no existirían en el sistema judicial, hasta reclamos éticos acumulados y una querella presentada por un cliente, informó BioBioChile.
A raíz de eso, Wolfenson presentó un recurso de protección contra Canal 13, el Colegio de Abogados y otros involucrados, acusando daño emocional y psicológico, afectación de su honra y un supuesto “linchamiento mediático”.
Ariel Wolfenson es obligado a pagar costas del proceso judicial
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso tuvo una mirada muy distinta del caso y rechazó íntegramente el recurso.
En el fallo, abordó de frente el argumento del “impacto emocional” y sostuvo que el reportaje se limitó a exponer hechos objetivos y situaciones que se dan en el ejercicio profesional: “Aunque puedan causar disgusto al recurrente abogado, por un lado, son ciertos y, por otra parte, son de frecuente ocurrencia entre letrados que litigan en tribunales”.
Wolfenson también reclamó que el reportaje lo mostraba como un delincuente, pero la Corte descartó ese punto y precisó que “el medio de comunicación no ha decidido la responsabilidad penal y/o civil del recurrente, simplemente se ha limitado a señalar que en contra del abogado existe una querella y cuatro denuncias en el Colegio de Abogados”.
Otro eje de su presentación fue la presunción de inocencia, pero el tribunal fue tajante: “La presunción de inocencia como regla de trato respecto del recurrente abogado sigue incólume y solo decaerá (…) si es que en el futuro aquel resultara condenado mediante sentencia firme”.
Respecto al supuesto daño a su prestigio y clientela, la Corte indicó que ese perjuicio no se presume ni se acredita con afirmaciones generales, y que tampoco puede inferirse cuántas personas vieron el reportaje o “cuántas de ellas (…) declinaron o no de visitar las oficinas del letrado”.
Con todo, el tribunal subrayó que el reportaje trató hechos de interés público, ligados a una profesión regulada y a una figura con alta exposición mediática. El cierre fue contundente: “Se rechaza, con costas, la acción de protección”, dejando al abogado obligado a asumir los gastos del proceso.