Hugo Bustamante, conocido como el “asesino del tambor”, quedó sobreseído por la Corte de Apelaciones de Valparaíso por los homicidios de Elena Hinojosa y Eduardo Páez, cometidos en 1996.

El tribunal consideró que la acción penal estaba prescrita, pese a que el condenado confesó los crímenes desde la cárcel.

En Meganoticias, el periodista de tribunales Mario Antonio Guzmán explicó que la decisión responde al “principio del tiempo transcurrido, que esa es la prescripción, para decirlo en fácil”.

“Nuestro país siempre ha sido muy estricto en la aplicación de la prescripción“, sostuvo.

A esto se suma una particularidad: “Los hechos que revela o que confiesa Bustamante, además, estaban en el sistema penal antiguo y el sistema penal antiguo ya dejó de funcionar en el país“.

El argumento con que se busca revertir el fallo del “asesino del tambor”

La Corte reclasificó los delitos como homicidios simples, cuyo plazo de prescripción es de 10 años, y dejó sin efecto la condena de 10 años y un día dictada en enero.

Los querellantes piden a la Corte Suprema reconocer homicidios calificados, con un plazo de 15 años, y considerar que “Hugo Bustamante, al momento de cometer un nuevo crimen, interrumpe la prescripción”.

Sin embargo, Guzmán advirtió que “es complejo porque ya ha habido, a diferencia de otros temas, sí más fallos que respaldan la prescripción“.

Ahora, el máximo tribunal deberá determinar si “estos crímenes no prescribieron, porque, en definitiva, Bustamante cometió nuevos crímenes que hicieron que ese período se frenara”.

La familia ya presentó un recurso para revertir el sobreseimiento.

Mientras tanto, Bustamante sigue cumpliendo presidio perpetuo calificado por el crimen de Ámbar Cornejo.